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viernes, 8 de agosto de 2014

ESCATOLOGÍA INDIVIDUAL


48.1) Noción de escatología
48.2) Aspectos escatológicos de la predicación de Jesús
48.3) La muerte como término del estado del viador
48.4) Juicio particular
48.5) Inmortalidad del alma y escatología intermedia
48.6) El purgatorio
48.7) La reprobación
 
48.1 Noción de Escatología
La escatología es la parte de la Teología que estudia los últimos acontecimientos del hombre y del mundo. Dios crea, dirige lo creado y lo consuma, por tanto, la escatología se sitúa después del tratado de creación y no como un apéndice independiente como se situaba antes, ni siquiera detrás de la Soteriología.
- "es la doctrina de las cosas últimas del mundo y del hombre. Las cosas últimas  son la muerte, el juicio, el infierno y la gloria" (Lexicón alemán).
- "Estudio teológico de las realidades últimas, es decir, posteriores a la vida terrena del hombre y a la historia humana" (P. Cándido Pozo).
- "Reflexión creyente sobre el futuro de la de la promesa aguardado por la esperanza cristiana" (J.R. de la Peña).
La teología clásica se ha ocupado mucho de los novísimos, como una consideración de lo que va a venir pero no como misterios que dan sentido y orientación a la vida presente del cristiano y de la Iglesia, porque el más allá   ya está presente, con Cristo se inaugura el futuro en la tierra. La escatología puede ser:
General: Parusía - Resurrección
Consumada: Vida Eterna - Retribución del Impío
Intermedia: Muerte - Purgatorio
 
48.2 Aspectos Escatológicos de la Predicación de Jesús
Leyendo el N.T. se puede afirmar:
1. El Reino de Dios se hace presente en Jesús de Nazareth
2. El Reino de Dios se consumará en el futuro
En cuanto a la primera afirmación:
Juan Bautista predica: "Preparad el camino del Señor..." (Mc. 1,2,3). Juan introduce el reino, o sea, lo prepara - promesa y cumplimiento- exhorta a la penitencia y a recibir un bautismo para evitar la "ira venidera" (Mt. 3,7) o sea el juicio escatológico.
Jesús tiene conciencia de que con El irrumpe en la historia el Reino de Dios anunciado por Juan como inminente. "¿Eres tú el que ha de venir o esperamos a otro?" (MT. 11,3) y la respuesta remite a Isaías en versos que describen el más allá (escatn) 26, 19 y 35,5.
O sea, que la presencia y la actuación de Jesús no es un simple anuncio sino que es un cumplimiento. Juan fue el profeta al que cupo el honor de señalar con el dedo a Jesús (Prefacio).
Hay pues, un esquema clásico de profecía-Juan ; cumplimiento-Jesús. Todo esto se remata con ese bello momento de Lucas 4, 16-21 Jesús en la sinagoga de Nazareth (esta profecía se ha cumplido hoy entre vosotros).
Veamos pues algunos textos sobre cada uno de estos dos aspectos:
1. El Reino de Dios se hace presente en Jesús de Nazareth
La presencia del Reino de Dios se manifiesta en su actividad taumatúrgica y exorcista, en una irrupción de la gracia, del poder de Dios, de poner fin al reino del demonio con lo que se demuestra que hay en la tierra otro más fuerte que el demonio. En la teología judía, la presencia del reino implicaba la derrota de Satanás.
 
Las manifestaciones de esta presencia del Reino de Dios:
a) Los milagros - que no son la alteración de las leyes naturales, Dios no hace paréntesis ni hiatos. El milagro responde a una capacidad de la naturaleza, se glorifica puntualmente la naturaleza anticipadamente a lo que será en el escatón. El milagro prefigura los nuevos cielos y la nueva tierra porque ya está aquí el Reino, semilla de lo que va a venir.
b) Expulsión de demonios - La única explicación posible de que los demonios sean expulsados es que el reino de Satanás se tambalea porque ya está aquí el Reino de Dios (Mc. 3, 23-27).
c) El perdón de los pecados - Ejerce el poder presente de Jesús: Al paralítico, a la mujer adúltera.
El relato de la muerte de Jesús se acompaña con señales: tinieblas, el velo del templo se rasga, apertura de sepulcros y resurrecciones, son imágenes apocalípticas del fin. Este fin de las cosas se ha anticipado con la muerte de Jesús. El fin ya ha llegado.
Como se puede ver, la escatología consecuente de Albert Schwaitzer que dice que Jesús anunció el reino como una magnitud futura, no es justa, no da razón de los textos que acabamos de aducir, suprime la frontera entre Jesús y Juan que prácticamente hacen lo mismo. El Reino de Dios no está virtualmente en Jesús, sino que está con todo su dinamismo, solo contenido por las limitaciones de lo temporal, la contingencia de lo humano.
Tampoco la escatología realizada de C.H. Dott que dice que Jesús anunció el Reino como algo presente y no habló de ninguna dimensión futura da razón de otros textos del NT. Lo vemos al considerar el segundo aspecto.
2. El Reino de Dios se consumará en el futuro
Jesús habla de dos siglos o eones o mundos, son dos espacios temporales sucesivos:
Mt 12,32: "No se le perdonará ni en este mundo ni en el otro" (blasfemia contra Espíritu Santo). 
Lc 20,34: "Los hijos de este mundo se casan, los que tengan parte en el otro..." (Viuda de siete hermanos sucesivamente).
Mc 10,30: "Ahora en el presente es así, pero en el futuro, siglo venidero..." O sea, el siglo presente espera aún su consumación que dividirá de modo final y definitiva a justos y pecadores.
Mc 8,38: El juicio: recoge las ideas del AT sobre el día de Yahweh con una connotación de retribución futura que tiene que ver con algo que ya ha ocurrido aquí.
Las figuras del banquete mesiánico, la Vida etc., todo eso habla de un final que todavía no ha llegado, es una tensión siglo presente-siglo futuro.
Las Parábolas:
Varias exhortan a la vigilancia; porque el momento de la venida futura tiene carácter incierto. Hay parábolas de índole futurista: siervos que velan; ladrón en la noche; administrador infiel (Lc12) o las Diez Vírgenes (Mt25). El esquema es siempre el mismo:
- Expectación ante una venida que consumará la historia.
-Ignorancia del momento en que se producirá.
-Exhortación constante a la vigilancia.
Las parábolas indican crecimiento de algo que ya está presente caminando en una dirección de futuro en la que habrá una consumación.
Hijo del Hombre:
Título cristológico que solo lo dice Jesús de sí mismo, Mesías, Hijo de David etc., lo dicen otros, pero esto solo lo dice Jesús, al principio es algo misterioso, tiene un contexto de glorificación y abajamiento y tiene su antecedente en el Libro de Daniel, último libro del AT que es un Apocalipsis y enuncia los dos temas preparatorios del NT: el Hijo del Hombre y el Reino de Dios -"su reinado es sempiterno y todos los Reyes le servirán"..
Resumiendo y terminando:
Las dos series de afirmaciones se necesitan mutuamente para entenderse. La originalidad del NT reside en la tensión de estos dos momentos del escatón, es un ya pero todavía no, el todavía no se apoya en el ya.
48.3 LA MUERTE COMO TERMINO DEL ESTADO DE VIADOR
El hombre está compuesto de alma (forma sustancial) y cuerpo (materia). Esta composición no es una idea original helénica, también entre los primeros judíos (cfr. muerte y entierro de Jacob) había la idea de una cierta composición con algo que permanece después de la muerte. La SCDF publicó una carta el 17 de mayo de 1979 en la que se recuerda la pervivencia del alma inmortal después de la muerte del hombre, el término "alma" es indispensable para exponer la doctrina cristiana sobre la muerte. La muerte es en cierto sentido natural al hombre, siendo este un compuesto de materia (potencia pasiva) y forma, la materia puede perder siempre la forma que tiene. Dios dotó al primer padre del don preternatural de la inmortalidad (Concilio de Cartago, 418). Ahora la muerte es castigo del pecado original. La universalidad de la muerte está definida (Trento ses.V, c.2).
Con la muerte acaba el tiempo de mérito. En muchos documentos dogmáticos (Const. benedictus Deus, de Benedicto XII; Conc.II de Lyon; Conc. de Florencia) se habla del inmediato cumplimiento de la sentencia de premio o castigo.
S.Pablo: "Hemos de presentarnos ante el tribunal de Cristo para referir lo bueno o lo malo que hicimos cuando estábamos unidos al cuerpo (2Cor5,10); y a los Gálatas: "hagamos el bien mientras tengamos tiempo".
Todos los Padres sostienen lo mismo, sobre todo al combatir la Apocatastasis de Orígenes o sea el continuo movimiento de apartamiento de Dios y de vuelta a El y la posibilidad de desmerecer incluso en el Cielo. S. Juan Crisóstomo compara la vida con un torneo deportivo: solo se puede ganar el premio mientras dure.
Muchos Padres usan la parábola de Epulón y Lázaro para subrayar que después de la muerte ya no se puede merecer.
La respuesta del Cristianismo al problema de la muerte es pues la permanencia del yo y la superación de la propia indigencia.
48.4 Juicio Particular
Cada hombre, después de morir, recibe en su alma inmortal su retribución eterna en un juicio particular que refiere su vida a Cristo, bien a través de una purificación, bien para entrar inmediatamente en la bienaventuranza del Cielo, bien para condenarse inmediatamente para siempre (Cat. de La Igl. Católica 1022)
Esta es la segunda enseñanza explícita sobre el juicio particular, la primera es el CV. II al recoger las palabras de San Pablo: "Compareceremos ante el tribunal de Cristo para dar cuenta cada cual de las cosas propias del cuerpo, según que hizo el bien o el mal". A continuación el Concilio se refiere al juicio final como cosa distinta (L. G. 48).
Aunque la existencia del juicio particular no está definida expresamente; así se deduce de la inmediatez con que se cumple el premio o el castigo merecido (cfr. Benedictus Deus; II Lyon y Florencia).
La Sagrada Escritura: Epulón y Lázaro; premio prometido al Buen Ladrón; Vírgenes necias y prudentes
La Tradición: No se reza por los condenados no por los bienaventurados, sí se reza a los mártires y otros santos como a quienes gozan del premio y se ofrecen sufragios por las almas del purgatorio.
48.5 Inmortalidad del Alma y Escatología intermedia
Es de fe que el alma es inmortal (V Letrán) y también es de fe que es espiritual (IV Letrán y Vaticano I) que se refiere a la composición del hombre de espíritu y materia.
La Sagrada Escritura atribuye al alma muchas operaciones espirituales: querer, pensar, etc. Luego es espiritual ya que toda potencia es específica por su objeto y el modo de operar sigue al moda de ser.
En cuanto a su inmortalidad basta recordar la promesa del Señor al Buen Ladrón, y sus palabras: "No tengáis miedo a los que matan el cuerpo, que al alma no pueden matarla" (Mt. 10,28).
En el original hebreo, se menciona al alma con varios nombres: Nefesh; Ruah; que significan respectivamente: "aliento de vida", "espíritu" o soplo de Dios a los hombres, al cuerpo animado se le llama "basar", el hebreo tenía pues cierta dificultad para expresar nuestro concepto de alma espiritual. Pero esto no quiere decir que concibieran al hombre como una unidad no compuesta, pues es también claro que a la muerte del hombre, pervive algo de él en el sheol o morada de los muertos. La revelación de la espiritualidad e inmortalidad del alma es mucho más clara en el N.T.
La razón puede demostrar la espiritualidad e inmortalidad del alma estudiando sus operaciones. Si el hombre es capaz de operaciones en las que no puede intervenir la materia, quiere eso decir que principio del que proceden tiene que ser también espiritual, o sea, no compuesto de materia. Las operaciones del entendimiento son puramente espirituales porque capta formas de modo universal (p. ej. tengo en el entendimiento la forma del "caballo" porque no está ligada al tiempo o al espacio, sino que es válida para todos los individuos de esa especie, es pues un universal); si el receptor de esas formas estuviera compuesto de materia, ya no sería posible captarlas universalmente, porque la materia individúa o sea, limita un tiempo y espacio concreto.
Otras pruebas: la experiencia de la libertad; la capacidad de buscar lo sensiblemente desagradable por un ideal (la mortificación no la hacen los animales); la posibilidad de tender a todo lo que tiene razón de bueno; la de conocer y amar a Dios, etc.
48.6 El Purgatorio
El Catecismo de la Iglesia Católica sintetiza la doctrina sobre el purgatorio:
Los que mueren en la gracia y en la amistad de Dios pero imperfectamente purificados, aunque están seguros de su eterna salvación, sufre después de la muerte una purificación, a fin de obtener la santidad necesaria para entrar en la alegría del Cielo (1030).
La Iglesia llama purgatorio a esta purificación final de los elegidos que es completamente distinta del castigo de los condenados. La Iglesia ha formulado la doctrina de la fe relativa al purgatorio sobre todo en los concilios de Florencia (DS 1304) y Trento (DS 1820, 1580). La tradición de la Iglesia haciendo referencia a ciertos textos de la Escritura (p. ej. 1 Cor. 3,15; 1 Pt. 1,7) habla de un fuego purificador. (1031).
Esta enseñanza se apoya también en la práctica de la oración por los difuntos, de la que ya habla la Escritura: "Judas Macabeo, por eso mandó hacer este sacrificio expiatorio en favor de los muertos para que quedaran liberados del pecado" (2 M 12, 46). Desde los primeros tiempos, la Iglesia ha honrado la memoria de los difuntos y ha ofrecido sufragios en su favor, en particular el sacrificio eucarístico (Cf. DS 856) para que una vez purificados, puedan llegar a la visión beatífica de Dios. La Iglesia también recomienda limosnas, las indulgencias y las obras de penitencia en favor de los difuntos (1032).
Muchos Padres de la Iglesia aplican al purgatorio la parábola del Señor sobre la cárcel de la que no se sale hasta haber pegado el último cuadrante (Mt. 5, 26). El Catecismo trae dos citas de los diálogos de S. Gregorio Magno y de una homilía de Crisóstomo.
Razón teológica: En el cielo no puede entrar nada manchado (Cfr. Apoc. 21,27). Remitida la culpa del pecado mortal o venial (aversio a Deo) queda la pena temporal en mayor o menor grado (conversio ad criaturas), se han de purificar todas las reliquias de pecado antes de entrar en el cielo.
Penas del purgatorio:
a) De daño: privación temporal de la visión de Dios y que es la peor de todas las penas.
b) De sentido: No está definida su naturaleza, pero es opinión común que es semejante a la pena de sentido del infierno (fuego corporal)
Las penas del purgatorio son desiguales, según la pena temporal aún debida y temporales -no sabemos como es ese tiempo- después del juicio final no habrá ya purgatorio. Se pueden aliviar con sufragios, sobre todo con la aplicación de los frutos de la Sta. Misa (Trento ses. 25).
48.7 La Reprobación
El A.T. prepara ideológica y literariamente el tema del infierno, el problema es la retribución del impío: ¿porqué en esta vida sufre el justo mientras que triunfa el impío? Primero los salmos (Ps 37) se cierran en un horizonte terreno: El justo acaba por triunfar aunque momentáneamente prevalezca el impío. El libro de Job da un paso más: El más allá como solución del problema. La Sabiduría y Daniel 12,2 ya hablan más claramente: "unos resucitarán para la vida eterna, aquellos para el oprobio, para eterna ignominia".
Juan Bautista supone una transición entre el A.T. y el N.T. Su predicación contiene el anuncio de un castigo escatológico: "Ya está puesta el hacha a la raíz de los árboles... la paja la quemará en el fuego inextinguible" (alusión a Isaías).
Doctrina del N.T.
1. El destino de los justos y el de los impíos en el estadio escatológico son diversos.
-"Así será en la consumación del mundo: saldrán los ángeles y separarán los malos de en medio de los justos". Jesucristo explicando la parábola de la red barredera y la explicación de una parábola (metáfora) no puede ser otra metáfora.
2. El destino de los impíos implica la exclusión definitiva de la vida eterna
- "Apartaos de mí, malditos".
- "¡Señor! ¡Señor! ábrenos. No os conozco."
- "Siervo inútil arrojadlo a las tinieblas de allá fuera".
- "Ninguno de los que habían sido convidados probarán mi cena".
Idea de exclusión definitiva muy frecuente en S. Pablo, sentido tan absoluto que hace inadmisible cualquier idea de apokatástasis.
- "¿Es que no sabéis que los injustos no heredarán el Reino de Dios?"
3. Dolor sensible y fuego eterno
- "Si tu ojo derecho te escandaliza..."
- "Serpiente, raza de víboras..."
- "Quien dijere a su hermano necio será reo de la Gehenna del fuego"
- "Si tu mano te escandaliza..."
Afecta a toda la realidad existencial del hombre: "No temáis a los que matan el cuerpo... temed al que pueda arrojar cuerpo y alma al fuego".
4. Las expresiones de eternidad
- "Y el humo de su tormento sube por los siglos de los siglos" (Apoc 14,11).
- "Apartaos de mí malditos al fuego eterno...
 Los Padres:
S. Justino: "Cada uno va a la pena eterna o a la salvación eterna, según los méritos de sus acciones"
S. Ireneo: Establece distinción entre penas temporales y eternas. 
Magisterio:
Es un estado, después de la resurrección será lugar, privación dolorosa de la visión de Dios (pena de daño) y fuego (sentido) ambos eternos.
a) Símbolo Quicumque: "Los que hicieron bien Irán a la gloria eterna, los que mal al fuego eterno".
b) Sínodo endemonsa de 543 condenación de Orígenes (apokatástasis) por el Papa Vigilio.
c) Concilio IV de Letrán, Inocencio III habla de la eternidad del infierno.
d) Concilio II de Lyon y IV de Florencia: Aquellos que mueren en pecado mortal actual o pecado original bajan en seguida al infierno para ser castigados con penas desiguales: pecado original priva de la visión de Dios, pecado actual: Gehenna perpetua.
e) Benedictus Deus (Benedicto XII) habla de penas infernales: carencia de la visión de Dios y otra pena.
f) Lumen Gentium: Pena eterna del infierno
g) Credo del Pueblo de Dios de Pablo VI: Pena de daño y pena de sentido distintas, aquella no mera aflicción sicológica que provendría de la privación de la visión de Dios.
En 23 lugares del N.T. se menciona el "fuego" como agente de esta pena. El Santo al hablar de las almas separadas explica cómo les puede afectar un agente material como es el fuego: un espíritu se puede unir a una materia como la forma a su materia (caso del alma humana) o como el motor al móvil; la acción del fuego sobre al alma implica una unión de ese segundo tipo, el alma se verá aterrazada por un agente material que impide su libertad de movimiento y es el instrumento de la justicia divina, con todo, es imaginable lo que supondrá esta sujeción será un fuego material no unívoco al terreno que actúa sobre espíritus y demonios.
(Texto extraído de Servicio Católico)
 
48.1) Noción de escatología
48.2) Aspectos escatológicos de la predicación de Jesús
48.3) La muerte como término del estado del viador
48.4) Juicio particular
48.5) Inmortalidad del alma y escatología intermedia
48.6) El purgatorio
48.7) La reprobación
 
48.1 Noción de Escatología
La escatología es la parte de la Teología que estudia los últimos acontecimientos del hombre y del mundo. Dios crea, dirige lo creado y lo consuma, por tanto, la escatología se sitúa después del tratado de creación y no como un apéndice independiente como se situaba antes, ni siquiera detrás de la Soteriología.
- "es la doctrina de las cosas últimas del mundo y del hombre. Las cosas últimas  son la muerte, el juicio, el infierno y la gloria" (Lexicón alemán).
- "Estudio teológico de las realidades últimas, es decir, posteriores a la vida terrena del hombre y a la historia humana" (P. Cándido Pozo).
- "Reflexión creyente sobre el futuro de la de la promesa aguardado por la esperanza cristiana" (J.R. de la Peña).
La teología clásica se ha ocupado mucho de los novísimos, como una consideración de lo que va a venir pero no como misterios que dan sentido y orientación a la vida presente del cristiano y de la Iglesia, porque el más allá   ya está presente, con Cristo se inaugura el futuro en la tierra. La escatología puede ser:
General: Parusía - Resurrección
Consumada: Vida Eterna - Retribución del Impío
Intermedia: Muerte - Purgatorio
 
48.2 Aspectos Escatológicos de la Predicación de Jesús
Leyendo el N.T. se puede afirmar:
1. El Reino de Dios se hace presente en Jesús de Nazareth
2. El Reino de Dios se consumará en el futuro
En cuanto a la primera afirmación:
Juan Bautista predica: "Preparad el camino del Señor..." (Mc. 1,2,3). Juan introduce el reino, o sea, lo prepara - promesa y cumplimiento- exhorta a la penitencia y a recibir un bautismo para evitar la "ira venidera" (Mt. 3,7) o sea el juicio escatológico.
Jesús tiene conciencia de que con El irrumpe en la historia el Reino de Dios anunciado por Juan como inminente. "¿Eres tú el que ha de venir o esperamos a otro?" (MT. 11,3) y la respuesta remite a Isaías en versos que describen el más allá (escatn) 26, 19 y 35,5.
O sea, que la presencia y la actuación de Jesús no es un simple anuncio sino que es un cumplimiento. Juan fue el profeta al que cupo el honor de señalar con el dedo a Jesús (Prefacio).
Hay pues, un esquema clásico de profecía-Juan ; cumplimiento-Jesús. Todo esto se remata con ese bello momento de Lucas 4, 16-21 Jesús en la sinagoga de Nazareth (esta profecía se ha cumplido hoy entre vosotros).
Veamos pues algunos textos sobre cada uno de estos dos aspectos:
1. El Reino de Dios se hace presente en Jesús de Nazareth
La presencia del Reino de Dios se manifiesta en su actividad taumatúrgica y exorcista, en una irrupción de la gracia, del poder de Dios, de poner fin al reino del demonio con lo que se demuestra que hay en la tierra otro más fuerte que el demonio. En la teología judía, la presencia del reino implicaba la derrota de Satanás.
 
Las manifestaciones de esta presencia del Reino de Dios:
a) Los milagros - que no son la alteración de las leyes naturales, Dios no hace paréntesis ni hiatos. El milagro responde a una capacidad de la naturaleza, se glorifica puntualmente la naturaleza anticipadamente a lo que será en el escatón. El milagro prefigura los nuevos cielos y la nueva tierra porque ya está aquí el Reino, semilla de lo que va a venir.
b) Expulsión de demonios - La única explicación posible de que los demonios sean expulsados es que el reino de Satanás se tambalea porque ya está aquí el Reino de Dios (Mc. 3, 23-27).
c) El perdón de los pecados - Ejerce el poder presente de Jesús: Al paralítico, a la mujer adúltera.
El relato de la muerte de Jesús se acompaña con señales: tinieblas, el velo del templo se rasga, apertura de sepulcros y resurrecciones, son imágenes apocalípticas del fin. Este fin de las cosas se ha anticipado con la muerte de Jesús. El fin ya ha llegado.
Como se puede ver, la escatología consecuente de Albert Schwaitzer que dice que Jesús anunció el reino como una magnitud futura, no es justa, no da razón de los textos que acabamos de aducir, suprime la frontera entre Jesús y Juan que prácticamente hacen lo mismo. El Reino de Dios no está virtualmente en Jesús, sino que está con todo su dinamismo, solo contenido por las limitaciones de lo temporal, la contingencia de lo humano.
Tampoco la escatología realizada de C.H. Dott que dice que Jesús anunció el Reino como algo presente y no habló de ninguna dimensión futura da razón de otros textos del NT. Lo vemos al considerar el segundo aspecto.
2. El Reino de Dios se consumará en el futuro
Jesús habla de dos siglos o eones o mundos, son dos espacios temporales sucesivos:
Mt 12,32: "No se le perdonará ni en este mundo ni en el otro" (blasfemia contra Espíritu Santo). 
Lc 20,34: "Los hijos de este mundo se casan, los que tengan parte en el otro..." (Viuda de siete hermanos sucesivamente).
Mc 10,30: "Ahora en el presente es así, pero en el futuro, siglo venidero..." O sea, el siglo presente espera aún su consumación que dividirá de modo final y definitiva a justos y pecadores.
Mc 8,38: El juicio: recoge las ideas del AT sobre el día de Yahweh con una connotación de retribución futura que tiene que ver con algo que ya ha ocurrido aquí.
Las figuras del banquete mesiánico, la Vida etc., todo eso habla de un final que todavía no ha llegado, es una tensión siglo presente-siglo futuro.
Las Parábolas:
Varias exhortan a la vigilancia; porque el momento de la venida futura tiene carácter incierto. Hay parábolas de índole futurista: siervos que velan; ladrón en la noche; administrador infiel (Lc12) o las Diez Vírgenes (Mt25). El esquema es siempre el mismo:
- Expectación ante una venida que consumará la historia.
-Ignorancia del momento en que se producirá.
-Exhortación constante a la vigilancia.
Las parábolas indican crecimiento de algo que ya está presente caminando en una dirección de futuro en la que habrá una consumación.
Hijo del Hombre:
Título cristológico que solo lo dice Jesús de sí mismo, Mesías, Hijo de David etc., lo dicen otros, pero esto solo lo dice Jesús, al principio es algo misterioso, tiene un contexto de glorificación y abajamiento y tiene su antecedente en el Libro de Daniel, último libro del AT que es un Apocalipsis y enuncia los dos temas preparatorios del NT: el Hijo del Hombre y el Reino de Dios -"su reinado es sempiterno y todos los Reyes le servirán"..
Resumiendo y terminando:
Las dos series de afirmaciones se necesitan mutuamente para entenderse. La originalidad del NT reside en la tensión de estos dos momentos del escatón, es un ya pero todavía no, el todavía no se apoya en el ya.
48.3 LA MUERTE COMO TERMINO DEL ESTADO DE VIADOR
El hombre está compuesto de alma (forma sustancial) y cuerpo (materia). Esta composición no es una idea original helénica, también entre los primeros judíos (cfr. muerte y entierro de Jacob) había la idea de una cierta composición con algo que permanece después de la muerte. La SCDF publicó una carta el 17 de mayo de 1979 en la que se recuerda la pervivencia del alma inmortal después de la muerte del hombre, el término "alma" es indispensable para exponer la doctrina cristiana sobre la muerte. La muerte es en cierto sentido natural al hombre, siendo este un compuesto de materia (potencia pasiva) y forma, la materia puede perder siempre la forma que tiene. Dios dotó al primer padre del don preternatural de la inmortalidad (Concilio de Cartago, 418). Ahora la muerte es castigo del pecado original. La universalidad de la muerte está definida (Trento ses.V, c.2).
Con la muerte acaba el tiempo de mérito. En muchos documentos dogmáticos (Const. benedictus Deus, de Benedicto XII; Conc.II de Lyon; Conc. de Florencia) se habla del inmediato cumplimiento de la sentencia de premio o castigo.
S.Pablo: "Hemos de presentarnos ante el tribunal de Cristo para referir lo bueno o lo malo que hicimos cuando estábamos unidos al cuerpo (2Cor5,10); y a los Gálatas: "hagamos el bien mientras tengamos tiempo".
Todos los Padres sostienen lo mismo, sobre todo al combatir la Apocatastasis de Orígenes o sea el continuo movimiento de apartamiento de Dios y de vuelta a El y la posibilidad de desmerecer incluso en el Cielo. S. Juan Crisóstomo compara la vida con un torneo deportivo: solo se puede ganar el premio mientras dure.
Muchos Padres usan la parábola de Epulón y Lázaro para subrayar que después de la muerte ya no se puede merecer.
La respuesta del Cristianismo al problema de la muerte es pues la permanencia del yo y la superación de la propia indigencia.
48.4 Juicio Particular
Cada hombre, después de morir, recibe en su alma inmortal su retribución eterna en un juicio particular que refiere su vida a Cristo, bien a través de una purificación, bien para entrar inmediatamente en la bienaventuranza del Cielo, bien para condenarse inmediatamente para siempre (Cat. de La Igl. Católica 1022)
Esta es la segunda enseñanza explícita sobre el juicio particular, la primera es el CV. II al recoger las palabras de San Pablo: "Compareceremos ante el tribunal de Cristo para dar cuenta cada cual de las cosas propias del cuerpo, según que hizo el bien o el mal". A continuación el Concilio se refiere al juicio final como cosa distinta (L. G. 48).
Aunque la existencia del juicio particular no está definida expresamente; así se deduce de la inmediatez con que se cumple el premio o el castigo merecido (cfr. Benedictus Deus; II Lyon y Florencia).
La Sagrada Escritura: Epulón y Lázaro; premio prometido al Buen Ladrón; Vírgenes necias y prudentes
La Tradición: No se reza por los condenados no por los bienaventurados, sí se reza a los mártires y otros santos como a quienes gozan del premio y se ofrecen sufragios por las almas del purgatorio.
48.5 Inmortalidad del Alma y Escatología intermedia
Es de fe que el alma es inmortal (V Letrán) y también es de fe que es espiritual (IV Letrán y Vaticano I) que se refiere a la composición del hombre de espíritu y materia.
La Sagrada Escritura atribuye al alma muchas operaciones espirituales: querer, pensar, etc. Luego es espiritual ya que toda potencia es específica por su objeto y el modo de operar sigue al moda de ser.
En cuanto a su inmortalidad basta recordar la promesa del Señor al Buen Ladrón, y sus palabras: "No tengáis miedo a los que matan el cuerpo, que al alma no pueden matarla" (Mt. 10,28).
En el original hebreo, se menciona al alma con varios nombres: Nefesh; Ruah; que significan respectivamente: "aliento de vida", "espíritu" o soplo de Dios a los hombres, al cuerpo animado se le llama "basar", el hebreo tenía pues cierta dificultad para expresar nuestro concepto de alma espiritual. Pero esto no quiere decir que concibieran al hombre como una unidad no compuesta, pues es también claro que a la muerte del hombre, pervive algo de él en el sheol o morada de los muertos. La revelación de la espiritualidad e inmortalidad del alma es mucho más clara en el N.T.
La razón puede demostrar la espiritualidad e inmortalidad del alma estudiando sus operaciones. Si el hombre es capaz de operaciones en las que no puede intervenir la materia, quiere eso decir que principio del que proceden tiene que ser también espiritual, o sea, no compuesto de materia. Las operaciones del entendimiento son puramente espirituales porque capta formas de modo universal (p. ej. tengo en el entendimiento la forma del "caballo" porque no está ligada al tiempo o al espacio, sino que es válida para todos los individuos de esa especie, es pues un universal); si el receptor de esas formas estuviera compuesto de materia, ya no sería posible captarlas universalmente, porque la materia individúa o sea, limita un tiempo y espacio concreto.
Otras pruebas: la experiencia de la libertad; la capacidad de buscar lo sensiblemente desagradable por un ideal (la mortificación no la hacen los animales); la posibilidad de tender a todo lo que tiene razón de bueno; la de conocer y amar a Dios, etc.
48.6 El Purgatorio
El Catecismo de la Iglesia Católica sintetiza la doctrina sobre el purgatorio:
Los que mueren en la gracia y en la amistad de Dios pero imperfectamente purificados, aunque están seguros de su eterna salvación, sufre después de la muerte una purificación, a fin de obtener la santidad necesaria para entrar en la alegría del Cielo (1030).
La Iglesia llama purgatorio a esta purificación final de los elegidos que es completamente distinta del castigo de los condenados. La Iglesia ha formulado la doctrina de la fe relativa al purgatorio sobre todo en los concilios de Florencia (DS 1304) y Trento (DS 1820, 1580). La tradición de la Iglesia haciendo referencia a ciertos textos de la Escritura (p. ej. 1 Cor. 3,15; 1 Pt. 1,7) habla de un fuego purificador. (1031).
Esta enseñanza se apoya también en la práctica de la oración por los difuntos, de la que ya habla la Escritura: "Judas Macabeo, por eso mandó hacer este sacrificio expiatorio en favor de los muertos para que quedaran liberados del pecado" (2 M 12, 46). Desde los primeros tiempos, la Iglesia ha honrado la memoria de los difuntos y ha ofrecido sufragios en su favor, en particular el sacrificio eucarístico (Cf. DS 856) para que una vez purificados, puedan llegar a la visión beatífica de Dios. La Iglesia también recomienda limosnas, las indulgencias y las obras de penitencia en favor de los difuntos (1032).
Muchos Padres de la Iglesia aplican al purgatorio la parábola del Señor sobre la cárcel de la que no se sale hasta haber pegado el último cuadrante (Mt. 5, 26). El Catecismo trae dos citas de los diálogos de S. Gregorio Magno y de una homilía de Crisóstomo.
Razón teológica: En el cielo no puede entrar nada manchado (Cfr. Apoc. 21,27). Remitida la culpa del pecado mortal o venial (aversio a Deo) queda la pena temporal en mayor o menor grado (conversio ad criaturas), se han de purificar todas las reliquias de pecado antes de entrar en el cielo.
Penas del purgatorio:
a) De daño: privación temporal de la visión de Dios y que es la peor de todas las penas.
b) De sentido: No está definida su naturaleza, pero es opinión común que es semejante a la pena de sentido del infierno (fuego corporal)
Las penas del purgatorio son desiguales, según la pena temporal aún debida y temporales -no sabemos como es ese tiempo- después del juicio final no habrá ya purgatorio. Se pueden aliviar con sufragios, sobre todo con la aplicación de los frutos de la Sta. Misa (Trento ses. 25).
48.7 La Reprobación
El A.T. prepara ideológica y literariamente el tema del infierno, el problema es la retribución del impío: ¿porqué en esta vida sufre el justo mientras que triunfa el impío? Primero los salmos (Ps 37) se cierran en un horizonte terreno: El justo acaba por triunfar aunque momentáneamente prevalezca el impío. El libro de Job da un paso más: El más allá como solución del problema. La Sabiduría y Daniel 12,2 ya hablan más claramente: "unos resucitarán para la vida eterna, aquellos para el oprobio, para eterna ignominia".
Juan Bautista supone una transición entre el A.T. y el N.T. Su predicación contiene el anuncio de un castigo escatológico: "Ya está puesta el hacha a la raíz de los árboles... la paja la quemará en el fuego inextinguible" (alusión a Isaías).
Doctrina del N.T.
1. El destino de los justos y el de los impíos en el estadio escatológico son diversos.
-"Así será en la consumación del mundo: saldrán los ángeles y separarán los malos de en medio de los justos". Jesucristo explicando la parábola de la red barredera y la explicación de una parábola (metáfora) no puede ser otra metáfora.
2. El destino de los impíos implica la exclusión definitiva de la vida eterna
- "Apartaos de mí, malditos".
- "¡Señor! ¡Señor! ábrenos. No os conozco."
- "Siervo inútil arrojadlo a las tinieblas de allá fuera".
- "Ninguno de los que habían sido convidados probarán mi cena".
Idea de exclusión definitiva muy frecuente en S. Pablo, sentido tan absoluto que hace inadmisible cualquier idea de apokatástasis.
- "¿Es que no sabéis que los injustos no heredarán el Reino de Dios?"
3. Dolor sensible y fuego eterno
- "Si tu ojo derecho te escandaliza..."
- "Serpiente, raza de víboras..."
- "Quien dijere a su hermano necio será reo de la Gehenna del fuego"
- "Si tu mano te escandaliza..."
Afecta a toda la realidad existencial del hombre: "No temáis a los que matan el cuerpo... temed al que pueda arrojar cuerpo y alma al fuego".
4. Las expresiones de eternidad
- "Y el humo de su tormento sube por los siglos de los siglos" (Apoc 14,11).
- "Apartaos de mí malditos al fuego eterno...
 Los Padres:
S. Justino: "Cada uno va a la pena eterna o a la salvación eterna, según los méritos de sus acciones"
S. Ireneo: Establece distinción entre penas temporales y eternas. 
Magisterio:
Es un estado, después de la resurrección será lugar, privación dolorosa de la visión de Dios (pena de daño) y fuego (sentido) ambos eternos.
a) Símbolo Quicumque: "Los que hicieron bien Irán a la gloria eterna, los que mal al fuego eterno".
b) Sínodo endemonsa de 543 condenación de Orígenes (apokatástasis) por el Papa Vigilio.
c) Concilio IV de Letrán, Inocencio III habla de la eternidad del infierno.
d) Concilio II de Lyon y IV de Florencia: Aquellos que mueren en pecado mortal actual o pecado original bajan en seguida al infierno para ser castigados con penas desiguales: pecado original priva de la visión de Dios, pecado actual: Gehenna perpetua.
e) Benedictus Deus (Benedicto XII) habla de penas infernales: carencia de la visión de Dios y otra pena.
f) Lumen Gentium: Pena eterna del infierno
g) Credo del Pueblo de Dios de Pablo VI: Pena de daño y pena de sentido distintas, aquella no mera aflicción sicológica que provendría de la privación de la visión de Dios.
En 23 lugares del N.T. se menciona el "fuego" como agente de esta pena. El Santo al hablar de las almas separadas explica cómo les puede afectar un agente material como es el fuego: un espíritu se puede unir a una materia como la forma a su materia (caso del alma humana) o como el motor al móvil; la acción del fuego sobre al alma implica una unión de ese segundo tipo, el alma se verá aterrazada por un agente material que impide su libertad de movimiento y es el instrumento de la justicia divina, con todo, es imaginable lo que supondrá esta sujeción será un fuego material no unívoco al terreno que actúa sobre espíritus y demonios.

LA VIRTUD DE LA CASTIDAD


 
47.1) Valor y sentido de la sexualidad
47.2) Principios de la ética sexual
47.3) Pecados contra la castidad
47.4) La formación en la castidad y su importancia para el desarrollo de la persona
 
47.1 Valor Y Sentido De La Sexualidad
Todo ser humano es varón o hembra. Este hecho biológico de la naturaleza humana afecta a lo más intimo de la persona humana como tal. La diferenciación sexual hace posible la complementariedad y la amistad peculiar entre hombre y mujer : una relación que en su raíz está conectada con la economía de la salvación: Dios creó al hombre varón y mujer; les hizo a su imagen y semejanza.(Gen,1).
La persona humana es un ser dotado de sexualidad y genitalidad, es natural que respete los valores de este tipo que se dan en otras personas. Se levantan en el hombre deseos carnales y sentimientos afectivos que son buenos en sí (forman parte de los constitutivos que pueden conformar un autentico amor humano) en tanto en cuanto están controlados por la razón.
Si estos deseos y sentimientos no están sujetos por la razón puede llegarse a tratar a las otras personas como meros objetos de satisfacción sexual y no con la dignidad que les es debida.
Aquí entra en juego la Castidad que es: "el orden de la razón en lo sexual". La castidad es un aspecto de la virtud de la templanza que se refiere a los placeres de la sexualidad.
La castidad no huye de los placeres y deseos, no niega el carácter de bien que puedan tener, sino que al ser razonable no niega la sexualidad, sino más bien capacita a la persona para ordenar de forma inteligente y afectuosa su vida pasional.
La inteligencia y la voluntad no introducen desde fuera el dominio de la pasión, sino que las emociones y deseos se ordenan espontáneamente a sí mismos, hacia bienes auténticos de la persona, los que éstas descubren como verdaderos por la inteligencia y dignos de ser deseados por la voluntad. No es por ello la castidad una guerra constante entre el desorden de las pasiones y el imperio de la razón.
La castidad es la virtud mediante la cual la persona integra su sexualidad en la perspectiva de su vocación. La vocación personal es la forma específica de responder a la llamada de Dios y de seguir a Cristo.
47.2 Principios De La Ética Sexual
Dios creó al hombre a su imagen y semejanza; lo llamó a la existencia por amor, y lo llama al mismo tiempo al amor.
El hombre en cuanto espíritu encarnado está llamado al amor en su totalidad unificada. El amor abarca también el cuerpo humano y el cuerpo se hace participe del amor espiritual.
Los principios de ética sexual se basan en principios antropológicos y se pueden cifrar en: (de acuerdo con Sayes)
Dimensión personal:
Existe una unión sustancial entre cuerpo y alma. El cuerpo no es sólo algo que se tiene sino que se es.
La sexualidad es una dimensión que configura y afecta directamente al cuerpo, y por ello a la totalidad de la persona humana. La sexualidad configura a la persona en su totalidad y proporciona una forma de sentir, de amar y de reaccionar que son diferentes en el caso del hombre o de la mujer.
Dimensión relacional:
El sexo es lenguaje íntimo de relación y comunión. Hay tres niveles:
1.-Físico: el sexo conduce a un placer que Dios ha querido en vista a la comunión reciproca hombre-mujer.
G.S. 19: "Los actos con que los esposos se unen íntima y castamente entre sí, son honestos y dignos, y, ejecutados de una manera verdaderamente humana, significan y fortalecen el don recíproco, con el que se enriquecen mutuamente en un clima de gozosa gratitud".
2.-Eros o amor de complementariedad: para que el sexo sea verdaderamente humano debe ser instrumento de comunión y amor, de complementariedad afectiva de masculinidad y feminidad
El sexo por el sexo crea soledad. El placer sexual tiene que ser integrado en una norma superior, que es la norma moral que conduce a amar al otro en cuanto es digno de ser amado, conduciendo así a la donación mutua del amor recíproco; ni el hedonismo ni el utilitarismo pueden ser esta norma superior.
Este amor de complementariedad se manifiesta en el amor conyugal principalmente, que tiene las características:
*totalidad: se entrega todo el cuerpo y la intimidad de la persona sin reserva alguna
*definitivo: sin reservas en el tiempo
*fiel y exclusivo: amor total no compartido por varias personas.
*dimensión pública y social.
*fecundo.
3.-Amor de donación o agape: va más allá del sexo o de la complementariedad humana hacia la donación de sí mismo; hay momentos en que aparecen dificultades, la cruz, y el amor hace brotar la generosidad donde estaba agotado el amor humano.
Dimensión procreativa:
La Humanae Vitae anuncia que todo acto conyugal debe estar abierto a la vida. El amor de los conyuges es fecundo, no se agota en la comunión de los esposos, sino que se prolonga en nuevas vidas. Este principio responde a los dos significados del acto conyugal: unitivo y procreativo.
El acto conyugal por su íntima estructura, mientras une profundamente a los esposos, los hace aptos para la generación de nuevas vidas.
Hay que resaltar siempre la unidad amor-fecundidad-sexualidad.
La sexualidad, mediante la cual el hombre y la mujer se dan uno a otro con los actos propios y exclusivos de los esposos, no es algo puramente biológico, sino que afecta al núcleo intimo de la persona como tal.
Estas tres dimensiones tienen plena justificación cuando la dignidad del hombre se apoya en la verdad revelada de la creación del ser humano por Dios.
47.3 Pecados Contra La Castidad
Lujuria: desordenado apetito de la delectación venérea. Puede ser
-Consumada: si el ejercicio de la sexualidad llega a su fin natural.
-No consumada: si no llega a su fin natural que es la delectación venérea por la causa que sea. 
A) Lujuria Consumada:
1-Fornicación: relación sexual completa entre dos personas de sexo diferente y libres de todo vinculo. 3 agravantes: concubinato, prostitución y relaciones prematrimoniales. Siempre pecado mortal.
2-Violación: pecado mortal contra la castidad y la justicia, ya que va contra la voluntad de la victima y viola el derecho a su intimidad e integridad física.
3-Incesto: relación sexual entre parientes próximos a los que el vinculo del parentesco les impediría el matrimonio. Lesiona la virtud de la piedad.
4-Sacrilegio: una o ambas personas están consagrados a Dios.
5-Masturbación: búsqueda del placer sexual en solitario donde falta la verdad y el sentido último de la facultad generativa.
6-Perversiones sexuales.
7-Adulterio: relación sexual entre personas una de las cuales o las dos está casada.
8-Poligamia.
9-Homosexualidad: desviación del instinto sexual que puede llegar a la pederastia o sodomía como práctica. Puede ser ocasional (falsa educación) y total (atracción hacia el mismo sexo, inculpable).
10-Onanismo: unión sexual voluntariamente interrumpida para acabar en polución.
11-Bestialidad: lujuria dirigida a un ser distinto de la especie humana.
B) No consumada: el ejercicio de la sexualidad no llega a su fin propio. Puede ser interna (sólo participan potencias interiores) y externa (participan potencias físicas exteriores).
Criterio moral: la lujuria directamente querida se considera objetivamente grave.
47.4 La Formación en la Castidad y su Importancia en el Desarrollo de la persona
La Iglesia resalta que los primeros educadores son los padres, y en esta materia es se pone en juego una dimensión personal, ya que uno de los elementos que constituyen a la persona es la sexualidad.
La educación para el amor como don de si mismo constituye una premisa indispensable para los padres, llamados a ofrecer a los hijos una educación sexual clara y delicada. Ante una cultura que vanaliza la sexualidad humana, pues la interpreta y vive de forma reductiva, relacionándola sólo con el cuerpo y el placer egoista, la educación de los padres debe basarse en una cultura sexual que abarque a toda la persona. La sexualidad manifiesta su significado intimo al llevar la persona hacia el don de sí misma en el amor.
Es pues irrenunciable la educación para la castidad, como virtud que desarrolla la auténtica madurez de la persona y la hace capaz de respetar y promover el significado esponsal del cuerpo..
La educación sexual debe llevar a los hijos a conocer y estimar las normas morales como garantía necesaria y preciosa para un crecimiento personal y responsable en la sexualidad humana.
En este asunto se hace necesaria alguna instrucción individual en tiempo oportuno dada por quien ha recibido la potestad y con unas cautelas:
-verlo no sólo como algo natural, sino humano y sobrenatural.
-no debe limitarse a la instrucción sobre el misterio de la vida, abarca otros temas (robustecimiento de la voluntad).
-no debe darse a todos por igual, debe ser personalizada, en tiempo oportuno, por quien tiene la misión educativa y con las cautelas oportunas.
Los agentes educativos vienen jerarquizados:
#Familia
#Comunidad eclesial, catequesis
#Sociedad civil: -Autoridad civil tiene responsabilidad en orden al bien común.
#Medios de comunicación social.
#Escuela
#Grupos y asociaciones juveniles.
Hay una serie de condiciones para una buena educación en la castidad: preparación de los educadores, madurez, capacidad de prudencia y discernimiento, educación personalizada, educación en el pudor y en la amistad.

NOCIÓN Y DIVISIÓN DEL PECADO


 
A. Noción teológica del pecado
La Sagrada Escritura se sirve de expresiones diversas para referirse al pecado, incluso cuando éste se toma en un sentido más estricto. Entre las más comunes están las de "desobediencia" (cfr. Gen 2,16; Heb 2,2), "ofensa de Dios" (cfr. Num 17,14; Phil 1,10), "desprecio de Dios" (cfr. Lev 26,15), "ingratitud" (Cfr. Lc 6,13), etc. Pero posiblemente la denominación "ofensa de Dios" sea la que mejor describe la naturaleza y gravedad del pecado.
Conviene advertir que, en la Sagrada Escritura, el término "pecado", por sí sólo, no define lo que con este nombre se entiende en el lenguaje corriente. Porque a veces señala la causa del pecado (cfr. Rom 7,17), en ocasiones describe sus efectos (cfr. 2 Mach 12,46), etc.
Una buena definición de pecado es la que da San Ambrosio: "pecado es la trasgresión de la ley divina" (De paradiso, cap.8). Sin embargo es más explícita la que ofrece San Agustín: "Pecado es toda acción, palabra o deseo contra la ley eterna de Dios" (Contra Faustum, lib.22, cap.27). Comprende claramente los pecados; y también, la razón específica -la causa formal- de los mismos: ir contra la ley de Dios es el único motivo que constituye en pecado a esas acciones, pensamientos o palabras.
Pero no todo acto humano que no respete o contradiga la ley divina es pecado. Se necesitan, además, unas condiciones: que el entendimiento advierta suficientemente la malicia de la propia acción; y también, que la voluntad preste su consentimiento al acto advertido previamente como malo.
B. Diferencia entre pecado mortal y pecado venial
Si atendemos a la gravedad de la ofensa que el pecador infiere a Dios con su pecado, éste puede ser mortal y venial.
El pecado mortal
Se llama pecado mortal a la trasgresión consciente y voluntaria de la ley de Dios en materia grave. Es el alejamiento total de Dios y, por contra, el amor gravemente desordenado a las criaturas.
El hombre está obligado a ordenar y referir toda su vida -acciones, pensamientos y palabras-, a Dios, único y último fin. Y cuando no lo hace, su vida se vuelve vacía y sin sentido. Precisamente eso es el pecado mortal: romper totalmente la ordenación de nuestros actos debida a Dios; un alejamiento de Dios, motivado por acciones desordenadas, que lleva inseparablemente unido un acercamiento y un apegarse de tal manera a las criaturas, que se las prefiere a Dios: se está dispuesto a perder a Dios, antes que dejar o renunciar a la criatura.
La existencia de pecados mortales se deduce claramente de la Sagrada Escritura. Habla, en efecto, de ciertos pecados que son objeto de "la cólera divina" (cfr. Rom 1,18), "causa de la condenación eterna" (cfr. 2ÊCor 5,Ê10), que "llevan la muerte espiritual" (cfr. Iac 1,15), etc. San Pablo, además, repetidas veces aduce un catálogo de acciones que excluyen del Reino de los Cielos (cfr. Gal 5,19-21). Parecidas relaciones vienen en 1 Cor 6, 9 ss y en Rom 2, 29 y ss.
 En la Exhort. Apost. Reconciliatio et paenitentia, 2-XII-87, Juan Pablo II afirma: "Recogemos aquí el núcleo de la enseñanza tradicional de la Iglesia, reafirmada con frecuencia y con vigor durante el reciente Sínodo. En efecto, éste no sólo ha vuelto a afirmar cuanto fue proclamado por el Concilio de Trento sobre la existencia y naturaleza de los pecados mortales y veniales, sino que ha querido recordar que es pecado mortal, lo que tiene como objeto una materia grave y que, además, es cometido con pleno conocimiento y deliberado consentimiento. Es un deber añadir -como se ha hecho también en el Sínodo-, que algunos pecados, por razón de su materia, son intrínsecamente graves y mortales. Es decir, existen actos que por sí mismos, independientemente de las circunstancias, son siempre gravemente ilícitos por razón de su objeto. Estos actos, si se realizan con el suficiente conocimiento y libertad, son siempre culpa grave."
El pecado venial
Comúnmente se define el pecado venial como "la trasgresión de la ley de Dios en materia leve". A diferencia del pecado mortal, no connota el apartamiento o aversión total de Dios y anhelo por conseguir el último fin.
La Sagrada Escritura prueba suficientemente la existencia de los pecados veniales. Lo hace cuando habla de dos clases de pecados entre s’ contrapuestos y totalmente diferentes: unos gravísimos, que excluyen del Reino de los Cielos; y otros más pequeños, enteramente compatibles con la santidad y la gracia: "Si decimos que no tenemos pecado, nos engañamos y somos mentirosos" (cfr. 1 Ioh 1,8), "el justo cae siete veces" (cfr. Prv 24,16), "con muchos pecados ofendemos cada día al Señor" (cfr. Iac 3,2), etc.
El Magisterio de la Iglesia también se refiere expresamente a los pecados veniales. En concreto, el Concilio de Trento declara que "por más que en esta vida mortal, aun los santos y los justos caigan alguna vez en pecados, por lo menos leves y cotidianos que se llaman también veniales, no por eso dejan de ser justos" (Dec. De iustificatione, DS1537). Y el Papa San Pío V condena como herética la proposición de Miguel Bayo que dice: "Ningún pecado es venial por naturaleza, sino que todo pecado merece castigo eterno" (Ex omnibus afflictionibus, DS1920. Cfr. Reconciliatio et paenitentia, 17). 
Pertenece pues, a la doctrina de la fe, que existen pecados veniales, es decir, pecados que, de suyo, no producen la pérdida de la gracia santificante, ni la muerte del alma. 
C. Distinción especifica y numérica de los pecados
Es doctrina constante del Magisterio de la Iglesia, que en el sacramento de la Penitencia deben manifestarse, por institución divina, todos y cada uno de los pecados mortales, según su especie y su número, cometidos después del Bautismo (cfr. Conc. Trento, Dec. De poenitentia, DS1680, 1682, 1707, 1708).
Distinción específica
La especie teológica se determina por la relación del acto pecaminoso con Dios; y según esta relación, los pecados pueden ser mortales o veniales: los primeros apartan totalmente de Dios, mientras que los veniales no.
La especie o clase moral, en cambio, deriva de la malicia propia y particular que se da en el pecado determinado, v.g., el hurto, la blasfemia, etc. Y como esta malicia, principal y fundamentalmente, viene determinada por los objetos de esos actos -el finis operis-, se suele decir que la especie -distinción- moral de los pecados nace de los objetos moralmente distintos, v.g., la distinción específica de la blasfemia y el homicidio.
Pero no todos los autores se sirven de este criterio para diferenciar específicamente los pecados. Algunos prefieren decir que los pecados se distinguen por las virtudes a que se oponen. Otros, por los preceptos que se quebrantan. En realidad, sin embargo, son criterios coincidentes, porque tanto las virtudes como los preceptos se diferencian y especifican por sus objetos.
Según este criterio, los pecados que se distinguen específicamente son de especie moral diversa en los siguientes casos:
- Se oponen a virtudes distintas: el robo contra la justicia; la fornicación contra la castidad.
 
- Se oponen a la misma virtud, pero de manera diversa: v.g., los malos pensamientos, la fornicación y la homosexualidad son pecados distintos dentro de la lujuria, porque contrarían de modo diferente la misma virtud de la castidad.
- Se oponen a preceptos formales distintos: v.g., comete dos pecados diferentes quien quebranta el ayuno, al que estaba obligado por precepto de la Iglesia, e impuesto a la vez como penitencia en el sacramento de la Confesión.
Estas malicias, específicamente diversas, pueden darse, por tanto, en un solo acto, siempre que este acto esté mandado -o prohibido- por virtudes -o defectos- formalmente distintos. Por eso, el adulterio, por ejemplo, encierra dos pecados, el de lujuria y el de injusticia.
Distinción numérica
Los pecados que son distintos específicamente (v.g., el homicidio y la blasfemia), son distintos también numéricamente. Y esto, aunque se realicen, -como acaba de decirse-, en una única acción: v.g., un adulterio, que lesiona las virtudes de la castidad y la justicia, da lugar a dos pecados.
El problema de la diferenciación numérica existe cuando se trata de pecados de la misma especie; v.g., varios hurtos, varias blasfemias, etc. Para solucionarlo, los moralistas suelen establecer los siguientes criterios de diferenciación:
a) Se dan tantos pecados numéricamente distintos cuantos son los actos de la voluntad, con tal de que se trate de actos distintos
Los actos de la voluntad, que versan sobre el mismo objeto o contenido, se hacen distintos si la voluntad interrumpe su querer 
Y la interrupción del querer voluntario puede darse de varias maneras:
- Por voluntaria retractación: Quien decide vengarse del prójimo, a continuación rechaza esos pensamientos, y de nuevo vuelve a consentir en ellos, comete dos pecados distintos.
- Por cesación voluntaria: En el fondo coincide con la retractación, -o revocación-, porque, apartar voluntariamente la atención, equivale a una retractación, al menos implícita.
- Por cesación o interrupción voluntaria, pero con determinadas condiciones, según se trate de actos meramente internos -v.g., los pensamientos-, actos en cierta manera externos -v.g., los deseos-; o de actos externos -v.g., cualquier acción-. 
En los actos meramente internos, es decir, aquellos que se consuman en la voluntad, cualquier interrupción, aun involuntaria, es suficiente para constituir un nuevo pecado; v.g., el que se complace en un pensamiento de odio, pasa a conversar con un amigo un largo espacio de tiempo, y vuelve a los pensamientos anteriores, comete dos pecados de odio numéricamente distintos. En la práctica, sin embargo, a veces resulta difícil determinar con precisión si es o no un nuevo acto. Cuando se trata de actos en cierta manera internos y externos, como los deseos malos, estos se consideran como un solo todo moral, siempre que procedan de la misma intención. Así, quien, con el fin de cometer un robo, hace proyectos, compra las armas, etc..., tan sólo comete un pecado, aunque emplee varios d’as en ello. En los actos externos debe distinguirse: si son como partes o medios para la consumación del pecado, que es como el todo; entonces, en todos ellos, sólo hay un pecado: v.g., el comprar el arma, acechar al enemigo y disparar, etc..., forman un sólo pecado de homicidio. La interrupción involuntaria, dedicándose, por ejemplo, a otras cosas, no rompe la unidad del acto moral. Pero si se trata de actos externos en sí completos, es decir, si cada uno de ellos puede considerarse como un todo acabado, independientemente de los demás (v.g., la masturbación), hay que decir que cada acto da lugar a un pecado numéricamente distinto, aunque se realicen bajo el impulso de la misma pasión.
b) se dan tantos pecados numéricamente distintos, cuantos objetos morales distintos, aunque se realicen bajo el mismo impulso de la voluntad.
Esto es así o porque no se ordenan al mismo tiempo o porque, de hacerlo, cada uno es en sí mismo completo, sin formar parte de los demás. De esta manera el que con una sola bomba da muerte a cinco personas, es reo -si lo hace voluntariamente- de cinco homicidios.
D. Pecado objetivo y responsabilidad  personal: materia, advertencia   consentimiento
En todo pecado, se distinguen dos aspectos: uno objetivo, la materia, que designa la falta de conformidad de la acción pecaminosa con la ley moral; otro subjetivo, que depende de las condiciones de la persona que comete el pecado, y es doble: la advertencia y el consentimiento.
La materia designa el apartamiento objetivo de Dios que conlleva la acción pecaminosa correspondiente. Puede ser grave o leve, según que el pecado entrañe aversión al fin último, es decir, sea incompatible con la caridad, o no la entrañe.
La advertencia es el grado de conocimiento de la malicia moral de la acción, en el momento de realizarla.
El consentimiento es el grado de adhesión de la voluntad a la malicia de la acción.
Para que haya pecado mortal, es necesario la presencia simultánea de estas condiciones:
a) materia grave;
b) plena advertencia; y
c) perfecto consentimiento.
El pecado mortal exige siempre materia grave, en sí misma (v.g., el adulterio), o por las circunstancias que la rodean (v.g., el escándalo grave que se sigue de una materia que de sí es leve). Por otra parte, una materia que de sí no es grave, ni tampoco por las circunstancias, puede subjetivamente ser juzgada como grave y dar así lugar al pecado mortal: v.g., robar una cantidad pequeña de dinero, que erróneamente se cree grave, es un pecado mortal.
Existen diferentes criterios para conocer si una determinada materia es grave o no. Primeramente está el criterio de autoridad: si la Escritura así lo indica, como en los casos citados de la fornicación y el adulterio, que excluyen del Reino de los Cielos (cfr. Gal 5,19-21; 1 Cor 6,9-10); o si el Magisterio de la Iglesia, declara que una materia es grave: v.g., no oír Misa los domingos. La enseñanza constante y común de los grandes santos y doctores, ayuda también a determinar la existencia de materia grave en algunos casos, v.g.: en el robo y la restitución.
La razón humana puede, a su vez, deducir cuando una acción rompe gravemente la debida relación a Dios, al prójimo y a nosotros mismos y, en consecuencia, es materia grave. Más en concreto son materia grave los actos -pensamientos, acciones o palabras- que van directamente contra Dios: v.g., la blasfemia; los que dañan notablemente al prójimo en sus bienes, vida o fama: v.g., el robo de una fuerte suma de dinero, una lesión grave o una calumnia; y los que constituyen un grave desorden contra la naturaleza: v.g., la homosexualidad, la masturbación.
En relación con la materia, hay pecados que siempre son mortales, es decir, que en ellos la materia, por pequeña que sea, es siempre grave; no caben, pues, en esa materia los pecados veniales, salvo por imperfección del acto, imperfección que consiste en la falta de una advertencia plena o de un perfecto consentimiento. 
Para la existencia del pecado venial se requiere materia leve o bien una advertencia no plena o un consentimiento imperfecto. 
E. La opción fundamental y el valor moral de actos singulares 
La doctrina de la opción fundamental se empezarían a emplear por algunos autores para explicar las enseñanzas de Santo Tomás sobre la primera conversión del hombre a Dios, su último fin. La conversión a Dios, en efecto, se explica como una ordenación al fin último en el primer acto plenamente libre del hombre, por la ley de la caridad.
Esta decisión más radical y profunda, tomada en unos momentos determinados, no está, es claro, desligada de las demás y sucesivas decisiones de la vida, que podrían llamarse superficiales o periféricas; al contrario, guardan entre sí una estrecha relación vital: en cuanto a los actos y decisiones anteriores, preparan esta opción o decisión más profunda, y además porque los actos y actitudes que la siguen, sirven para manifestarla. Si bien esta ordenación al fin se mantiene en el cristiano habitualmente e influye virtualmente en todos los actos sucesivos, puede romperse, sin embargo, por cualquier acto que la lesione gravemente, es decir, por toda trasgresión deliberada de un precepto sustancial en materia grave -pecado mortal-, porque la oposición al orden de los medios es oposición al orden del fin.
Esta decisión total de la persona -continúan estos autores- sólo puede romperse por otra decisión contraria especialmente profunda e intensa que, brotando también del fondo mismo de la persona, compromete la acción anterior y la cambie por la contraria. Los actos aislados y particulares, es decir, aquellos que tienen por objeto algo particular, aunque sea sobre materia grave -aseguran-, como no nacen de una "actitud" contraria, sólo contradicen de forma leve la opción y, por tanto, no deben tenerse en cuenta.
"Algunos autores llegan a afirmar que el pecado mortal que separa de Dios, sólo se verifica en rechazo directo y formal de la llamada de Dios, o en el egoísmo que cierra al amor del prójimo completa y deliberadamente. Sólo entonces tendrá lugar una opción fundamental, es decir, una de aquellas decisiones que comprometen totalmente a la persona, y que serían necesarias para constituir un pecado mortal. Por ella tomaría o ratificaría el hombre, desde el centro de su personalidad, una actitud radical en relación con Dios o con los hombres. Por el contrario, las acciones que llaman periféricas (en las que niegan que se dé, por lo regular, una actitud decisiva) no llegarían a cambiar una opción fundamental. Y tanto menos cuanto que, según se observa, proceden de hábitos contraídos. De esta suerte, esas acciones pueden debilitar las opciones fundamentales, pero no hasta el punto de poderlas cambiar por completo" (Decl. Persona humana, 10).
Según esta teoría, carecería de sentido hablar de distinción numérica y específica de los pecados -a lo sumo sería una cuestión técnica, pero no pastoral-. Y si, a veces, se admite la división de los pecados en graves y leves, se explica de tal manera que aquellos en la práctica no se dan: los pecados mortales no serían los pecados graves "ordinarios", sino los "extraordinarios", los que nacen de una actitud radical contraria; algunos los identifican con el endurecimiento, al final de la vida, en el mal.
Juan Pablo II ha tratado ampliamente este tema en la Exhortación Apostólica Reconciliatio et paenitentia, con visión positiva, pero exigiendo claridad y fidelidad a la doctrina de la Iglesia: "Del mismo modo se deberá evitar reducir el pecado mortal a un acto de 'opción fundamental' -como hoy se suele decir- contra Dios, entendiendo con ello un desprecio explícito y formal de Dios o del prójimo. Se comete, en efecto, un pecado mortal también, cuando el hombre, sabiendo y queriendo, elige, por cualquier razón, algo gravemente desordenado. En efecto, en esta elección está ya incluido un desprecio del precepto divino, un rechazo del amor de Dios hacia la humanidad y hacia toda la creación: el hombre se aleja de Dios y pierde la Caridad. La opción fundamental puede ser pues radicalmente modificada por actos particulares. Sin duda pueden darse situaciones muy complejas y oscuras bajo el aspecto psicológico, que influyen en la imputabilidad subjetiva del pecador. Pero de la consideración de la esfera psicológica no se puede pasar a la constitución de una categor’a teológica, como es concretamente la 'opción fundamental' entendida de tal modo que, en el plano objetivo, cambie o ponga en duda la concepción tradicional del pecado mortal".
 
En este Documento, Juan Pablo II sale al paso de algunas peticiones para que la división venial-mortal se transformara en venial-grave-mortal. Estas propuestas, a las que se podría dar una motivación pastoral, tienen también una fuerte carga doctrinal, en cuanto que proceden de los autores que reducen el pecado mortal a la opción fundamental (Decl. Persona humana, n. 10 y las palabras de Juan Pablo II arriba citadas). Sin rechazar esa clasificación, el Santo Padre deja bien clara la existencia de los pecados mortales y la de los veniales, sean o no graves: "Durante la asamblea sinodal, algunos Padres propusieron una triple distinción de los pecados, que podrían clasificarse en veniales, graves y mortales. Esta triple distinción podría poner de relieve el hecho de que existe una gradación en los pecados graves. Pero queda siempre firme el principio de que la distinción esencial y decisiva está entre el pecado que destruye la caridad y el pecado que no mata la vida sobrenatural: entre la vida y la muerte no existe una vida intermedia" (n. 17).