38.1) Ley, norma objetiva de la moralidad
38.2) La conciencia, norma subjetiva de la moralidad
38.3) División y propiedad de la conciencia
38.4) La formación de la conciencia
38.5) Magisterio y conciencia persona
38.6) Conciencia y prudencia
38.1 Ley, Norma Objetiva de la Moralidad
La ley se hace normativa de la conducta por su aplicación, mediante la actividad de la conciencia, a las acciones determinadas y singulares; es, de esta manera, como el auxilio de la ley llega hasta el hombre y le ayuda, con su luz y fuerza , a conseguir el fin sobrenatural al que esta llamado. Solo a través de la conciencia el hombre es capaz, en cada situación concreta, de insertarse en los planes de Dios, de responder activamente a la llamada de Dios, conocida como obligatoria gracias a las luces de la razón y la fe.
La importancia de la conciencia es por tanto de una trascendencia decisiva para la vida moral, y de una enorme actualidad en nuestros días, en que quizás con un acento mas marcado que en otras épocas, al estudiar la moral se insiste en el aspecto de diálogo entre Dios y el hombre. Dentro de esta perspectiva o visión de la Moral, la conciencia es como el lugar donde Dios y el hombre se encuentran: por una parte la conciencia es la voz de Dios y por otra es el nivel mas profundo e íntimo donde el hombre acoge o rechaza a Dios. ( Gaudium et Spes n¼ 16)
La conciencia tiene entonces la función de hacer presente a nuestro conocimiento la ley, la voluntad de Dios en sus aplicaciones singulares y concretas; nos descubre también la obligatoriedad de seguir las indicaciones y mandatos de esa ley , porque son el camino necesario para alcanzar el fin; dicho de otro, permite, teniendo en cuenta las circunstancias particulares, percibir el grado de concordancia de las propias acciones e intenciones, con la propia norma moral objetiva. Es la enseñanza clara del Vaticano II : " En lo mas profundo de su conciencia, descubre el hombre la existencia de una ley, que el no se dicta a si mismo, pero a la cual debe obedecer y cuya voz resuena , cuando es necesario en los oídos de su corazón, advirtiéndole que debe amar y practicar el bien y evitar el mal: haz esto, evita aquello. Porque el hombre tiene una ley escrita por Dios en su corazón, en cuya obediencia consiste personalmente ... Es la conciencia la que de modo admirable da a conocer la ley ". ( Gaudium et Spes n¼ 6)
Este carácter que la conciencia tiene de manifestación y de desvelación de planes objetivos anteriores de Dios sobre el hombre, asi como de la obligatoriedad que intima al hombre cuando los descubre, es resaltado de nuevo en la Declaración sobre la libertad religiosa y reconoce por medio de su conciencia los dictámenes de la ley divina, conciencia que tiene obligación de seguir fielmente en toda su actividad para llegar a Dios, que es su fin " ( Declar. Dignitatis humanae).
38.2 La conciencia, norma subjetiva de la moralidad
La existencia de la conciencia, como juicio inmediato práctico sobre el carácter moral de nuestras acciones, es un hecho que no necesita demostración. Todos experimentamos en nuestro interior " una fuerza interior que en los caos particulares señala a la voluntad misma, para que esta escoja y determine los actos que son conformes a la voluntad divina." (Pio XI alocución 23-III- 1952), y por tanto buenos. Nos damos cuenta que actos en un determinado lugar y momento, son buenos y deben hacerse; cuales son malos, y debiendo omitirse. Es decir conocemos no solo que es el bien o el mal aquí y ahora, sino que además, conocemos que ese bien o mal debe hacerse u omitirse.
En la Sagrada Escritura se hacen continuas referencias de uno y otro modo, a la conciencia en el sentido en que nos venimos refiriendo. Son conocidos los textos de San Pablo en que hable de la " inscripción " de la ley en el corazón , del testimonio de la conciencia, de los " pensamientos " que acusan y absuelven( Rom, 2,15); a los cristianos poco fervorosos les falta la debida "convicción" y el exacto "conocimiento"( Rom 14,23) ( I Cor 8,7). La conciencia influyendo inmediatamente sobre los actos capta y descubre el caracter bueno o malo de los mismos. Es pecado todo lo que no es según conciencia, es decir, según la convicción personal de que algo es lícito y justo. ( Rom 5, 1-3) Por eso la conciencia es norma válida ante Dios de la vida moral y la buena conciencia es señal de haber obrado bien ante Dios. Merece subrayarse el oficio que se le da a la conciencia de regular y dirigir las acciones futuras y no solo de juzgar el pasado. La expresión "en conciencia" tiene el valor de regla moral y norma obligatoria de la que, en última instancia dependen el bien y el mal de nuestras acciones( Rom13,5).
El juicio de la conciencia viene a ser así, la regla próxima e inmediata -subjetiva- de nuestras acciones. Ninguna norma objetiva -ley- puede llegar a ser regla actual de un acto, sino a través de la aplicación que haga el sujeto que realiza ese acto determinado. La conciencia es como la promulgación de la ley divina en nosotros y la aplicación de sus preceptos, como regla obligatoria, a nuestros actos. Es por tanto, el camino necesario y único, que la ley tiene para ser eficaz : " nadie es obligado por el precepto del legislador sino mediante la noticia del mismo, es decir, la conciencia." ( De Veritate, q.17, a. 3). Los mismos mandamientos me resultan extraños y no me obligan si no pasan y se interiorizan en la conciencia que me advierte que yo no puedo sustraerme al mandato divino y que aquel determinado mandato es para mi. Esta aplicación de la ley a una acción determinada, para que sea norma válida de conducta, debe preceder - conciencia antecedente - o al menos acompañar - conciencia concomitante- al acto.
La conciencia llamada consiguiente, porque es posterior al acto, no es norma, sino testimonio de como ha sido realizado el acto. Y cuando el hombre realiza el acto es insustituible. Ahí nadie puede suplantarle, eximiéndole de la responsabilidad el mérito o de la culpa; caben solamente los consejos cuya única finalidades hacerle mas claro el seguimiento e la ley, proporcionándole motivos que hagan mas libre y querida la decisión personal: "La conciencia es el núcleo mas secreto y el santuario del hombre, donde se encuentra a solas con Dios, cuya voz resuena en lo mas íntimo" (Gaudium et Spes n¼ 16).
La conciencia, toda ella, depende de la norma objetiva, cuyo espejo es y recibe de ella su fuerza obligatoria. La conciencia es "como el pregonero de Dios y el mensajero que divulga el precepto del rey" (S. Buenaventura, in III Sent., d.30, a.1, q. 3, a. 3). De ahí que obligue con la misma fuerza y por el mismo título que lo hacen los dictámenes de la ley divina ( cfr. Dignitatis Humanae n¼3); y por eso desobedecer a la conciencia es rebelarse contra Dios e incurrir en el pecado.
Porque la conciencia es norma manifestativa y declarativa de la moralidad, se deduce que nunca puede concebirse como norma primaria y autónoma de la moralidad del obrar humano; solamente es norma secundaria, dependiente y relativa, y su capacidad es conocer e interpretar la norma objetiva, no modificarla o crearla. La conciencia no es auto legisladora. La conciencia por si misma no es el árbitro del valor moral de las acciones, que ella sugiere. La conciencia es intérprete de una norma interior y superior, pero no es ella quien la crea. La conciencia esta iluminada por la intuición de determinados principios normativos, connaturales a la razón humana; pero no es ella la fuente del bien y del mal: es el aviso, es como escuchar una voz - que se llama precisamente voz de la conciencia- es como un recuerdo de la conformidad que una acción debe tener con una exigencia intrínseca del hombre, para que el hombre sea verdadero y perfecto. La conciencia es una intimación subjetiva e inmediata de una ley, que tenemos que llamar natural a pesar de que muchos no quieren oír hablar de una ley natural (Pablo VI Alocuc. 13-XI-1969). Si se trata de los cristianos esa conciencia es, además, intérprete de la ley de Cristo, como señala Pio XII : "La conciencia es el eco fiel, nítido reflejo de la norma divina para las acciones humanas, de modo que expresiones como juicio de la conciencia cristiana, o esta otra de juzgar según la conciencia cristiana tienen este sentido: la norma de la decisión última y personal para una acción moral esta tomada de la palabra y de la voluntad de Cristo" ( Aloc. 13-II-1959).
Son vanos por tanto los intentos de fundamentar una "conciencia autónoma", como si la persona, a traves de su conciencia fuera capaz de determinar lo que es bueno y malo por su propia decisión libre, aun en la hipótesis de que la decisión estuviera en oposición abierta a la ley objetiva.
38.3 División y propiedad de la conciencia
La conciencia, que solo es verdadera norma de actuación moral en la medida que expresa con verdad la ley de Dios, no siempre traduce e interpreta de forma infalible la norma moral; a veces son equivocados los juicios de conciencia, porque nuestra razón no esta libre de los riesgos de la ignorancia, el error y la duda en la búsqueda de la verdad, particularmente de la práctica. Por eso no todos los juicios de la conciencia son norma auténtica y lícita de la conducta moral. La conciencia, para ser norma válida del actuar humano, tiene que ser recta, es decir, verdadera y segura de si misma y no dudosa ni culpablemente errónea.
DIVISION DE LA CONCIENCIA
En relación al acto: Antecedente concomitante y consecuente. En razón de su conformidad con el orden moral: Verdadera y errónea (vencible o invenciblemente). En razón de la fuerza con que el sujeto asiente al juicio de conciencia: Cierta probable dudosa.
PROPIEDADES DE LA CONCIENCIA
a) acompaña a todo acto libre;
-por que es parte del conocimiento intelectual de todo bien singular;
-como el acto libre necesita el concurso de la inteligencia, siempre irá acompañado de un juicio de conciencia;
b) no obliga por si misma sino en virtud del precepto divino;
-obliga porque al mostrar la ley, muestra la voluntad de Dios;
-no crea la ley sino que la descubre y aplica al caso concreto;
-aquí se encuentra el error de la ética de situación;
c) puede errar y oscurecerse pero nunca extinguirse totalmente;
-si hay inteligencia, hay conciencia. la conciencia viene con la naturaleza;
-cabe el error porque también la inteligencia está sometida a la posibilidad del error (vencible o invencible);
-no seguir la luz de la conciencia es hacer violencia a la razón (es el origen del remordimiento).
38.4 La formación de la conciencia
En este punto hay que considerar dos cosas: una es la necesidad de la formación de la conciencia - de lo que se deduce la obligación -; y otra, el modo de conseguir esa educación o formación.
La necesidad de la formación de la conciencia:
se concluye fundamentalmente de un doble motivo. Si tenemos en cuenta que por conciencia formada se entiende aquella que lleva a su sujeto a conformar su voluntad con la voluntad divina, tal como esta se manifiesta al hombre, es evidente que esa formación es necesaria. Conocer, en efecto, la ley de Dios, lo que Dios quiere sobre mi, pide "instruir la inteligencia acerca de la voluntad de Cristo, su ley, su camino y además en obrar sobre su alma, en cuanto desde fuera puede hacerse, para inducir a la libre y constante ejecución de la voluntad divina" ( Pio XII, Alocuc. 23-III-1952). Esa ley - natural y sobrenatural- es de exigencias altísimas y por otra parte no se manifiesta de una vez por todas, sino de manera progresiva y en conformidad a la estructura de nuestro conocer; exige el estudio de las cuestiones morales, escuchar al Magisterio, etc. La necesidad de la formación viene también pedida por la naturaleza del juicio de conciencia, dependiente, como ninguno, de las disposiciones morales del sujeto; por en una actividad moral, exige la rectitud de la voluntad: esta influye no solo en el conocimiento moral , que no puede ser recto y bien formado si las disposiciones morales no son rectas, porque en el conocimiento influyen las disposiciones corporales, psicológicas y morales, sino también en el juicio práctico y moral, se requieren las virtudes morales que inclinen a juzgar rectamente en el caso concreto.
Esta formación nunca podrá darse por acabada pues siempre es posible un mayor y mas exacto conocimiento de la voluntad de Dios y caben también mas perfectas y mejores disposiciones morales.
Esta formación es, además, obligatoria: obliga por el mismo título que lo hace el mandamiento "amarás al Señor con todo el corazón" es decir, por la obligación de tender a la santidad. Sin una conciencia cierta y verdadera, no es posible una vida recta. Y es difícil hablar de rectitud moral, cuando se hace de la conciencia una válvula de escape para la propia comodidad y justificación de los pecados personales.
Modo de conseguir la formación de la conciencia:
la rectitud del juicio de conciencia implica, el conocimiento exacto de la ley y el saber aplicarlo a los actos singulares y concretos. Y a esa doble finalidad ha de tender la recta formación de la conciencia que en perfecta unidad y dependencia, deberá tener en cuenta:
a) el estudio amoroso de la verdad y de la ley de Dios, contenida en la Sagrada Escritura y en la Tradición e interpretada auténticamente por el Magisterio .
b) la disposición sincera y profunda de conocer y seguir la verdad, facilitada por el vivir las virtudes naturales y sobrenaturales; así se adquiere ese conocimiento sapiencial, como una connaturalidad con lo bueno y recto.
c) en particular, la humildad y sinceridad para pedir y seguir el consejo de aquellas personas prudentes que el Señor ha puesto a nuestro lado.
d) la ayuda de la oración y de los Sacramentos, en el caso de los cristianos.
38.5 Magisterio y Conciencia Personal
La conciencia no es la voz inmediata y sobrenatural de Dios, ni es pura subjetividad y transparencia; por eso puede equivocarse. La posibilidad de error de la conciencia -probada abiertamente por la propia experiencia y por la Revelación- ( cfr. Rom, 14,23; I Cor 8,7; 10, 25-29) se deduce del carácter mismo de la naturaleza humana caída y debilitada por el pecado original, y de las dificultades, subjetivas unas -de la mente, de la voluntad y de las pasiones- , y otras exteriores -influjo del ambiente etc.- en su ejercicio. Por ello, resulta incorrecto afirmar que lo que dicta la conciencia es siempre "verdadero.
Por encima de la propia conciencia esta el orden objetivo, la ley de Dios. "La norma suprema de la vida humana -recuerda el Concilio Vaticano II-, es la propia ley divina, eterna, objetiva y universal ( Decl. Dignitatis humanae, n ¼3) Por eso la conciencia, para ser regla autentica de la moralidad, debe escuchar atentamente y transmitir con fidelidad los dictámenes de la ley. Y a partir de esa ley, conocida por la razón y la fe, debe explicar, para cada caso, el contenido moral de las acciones. A propósito de los contraceptivos, Pablo VI hace la aplicación de esa doctrina explicando que el uso de los contraceptivos es "intrínsecamente ilícito y ni aun por razones gravísimas de un mayor bien humano es posible cohonestarloÓ( Humanae Vitae n¼14). Y en relación con los actos propios de la vida conyugal, la Declaración Persona Humana, acerca de ciertas cuestiones de ética sexual, citando al Concilio Vaticano II (Gaudium et Spes n¼ 51), enseñav.que su bondad moral no depende solamente de la sincera intención y apreciación de los motivos, sino de criterios objetivos tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos, que guardan íntegro el sentido de la mutua entrega y de la humana procreación, entretegidos con el amor verdadero.(n¼ 5)
De ahí que los intentos de construir una moral con independencia del orden objetivo se opone ala doctrina de la fe, y de la ley de Dios. Es el caso de la “Nueva moral”, o “Moral de situación”, de signo protestante y hasta ateo en su forma mas radical.
La “ética de situación” condenada por Pio XII en el 1952, vuelve a serlo en el 1956 por la Sagrada Congregación para a doctrina de la Fe, como contraria a la verdad ( instrucción del Sto. Oficio, 2-XI- 1956 Dz 3918).
Por otro camino se llega también al rechazo del orden moral objetivo: El de la “libertad de conciencia”. Se entiende como la emancipación de la conciencia de cualquier norma extrínseca y autoridad superior distinta del propio yo; la conciencia esta desligada de todo vínculo y, por si misma y para si misma es ley. Según esta interpretación, solo la conciencia es la norma de la verdad y de la bondad de los actos: estos son bueno o malos porque así lo decide la conciencia; se niega el orden moral objetivo. En su interpretación mas radical, por libertad de conciencia se quiere indicar la negación de toda autoridad y norma, incluida la propia conciencia. Es el amoralismo total. Seria decir que todo lo humano -instintos, tendencias, pasiones-, por el hecho de darse y ser espontáneos, son buenos.
Estas interpretaciones han sido condenadas siempre por la Iglesia, como contrarias a la verdad( cfr. Leon XIII, Enc. Libertas Praestantisissimum Dz 3250). El hombre es libre y cuando Dios concurre con él, tanto en el orden natural como sobrenatural, de ningún modo anula su libertad, en efecto la cooperación que Dios pide al hombre en su condición de criatura espiritual, ha de ser siempre libre y responsable. Ser libre no significa que el hombre en su actividad no este sometido a preceptos y normas morales; negar esa sujeción sería como afirmar que Dios no creo al hombre ni lo destinó al fin sobrenatural: seria negar la existencia de Dios, sustituyéndola por el hombre mismo, “mi conciencia”. La conciencia es libre físicamente -ausencia dé coacción, de vínculos externos y físicos-, pero no moralmente - ausencia de los vínculos morales de la ley de Dios-: “Dios llama a los hombres a servirle en espíritu y verdad. Por este llamamiento quedan ellos obligados en conciencia, pero no coaccionados” ( Decl. Dignitatis Humanae, n¼ 11). “Dios ha querido que el hombre le busque según su conciencia y libre elección, es decir, movido, guiado por convicción personal e interna, y no por un ciego impulso interior u obligado por mera coacción externa”. ( Const. Gaudium et Spes n¼ 17).
En cambio, si es legítima la libertad de las conciencias, de la que Pio XI dice que es “el derecho que tienen las almas a procurarse el mayor bien espiritual bajo el Magisterio y la obra reformadora de la Iglesia . . ., el derecho de las almas asi formadas a comunicar los tesoros de la Redención a otras almas” ( Enc. Non abbiamo bisogno, 29-VI-1931; cfr. Leon XIII, Enc. Libertas Paestantissimum Dz 3250). Por esta libertad “el hombre tiene la obligación, y en consecuencia también el derecho, de buscar la verdad en materia religiosa, a fin de que utilizando los medios adecuados, llegue a formarse prudentemente juicios rectos verdaderos de conciencia” ( Decl. Dignitatis humanae, n¼3).
Los cristianos tienen _como afirma el concilio_ en la iglesia y en su Magisterio una gran ayuda para la formación de la conciencia: "Los cristianos, al formar su conciencia, deben atender con diligencia a la doctrina cierta y sagrada de la Iglesia. Pues, por Voluntad de Cristo, la Iglesia católica es maestra de la verdad y su misión es anunciar y enseñar auténticamente la verdad, que es Cristo, y, al mismo tiempo, declarar y confirmar con su autoridad los principios de orden moral que fluyen de la misma naturaleza humana" (Decl. Dignitatis humanae, n¼ 14). Por tanto, la autoridad de la Iglesia, que se pronuncia sobre las cuestiones morales, no menoscaba de ningún modo la libertad "con respecto a" la verdad, sino siempre y solo "en" la verdad, sino también porque el Magisterio no presenta verdades ajenas a la conciencia cristiana, sino que manifiesta las verdades que ya debería poseer, desarrollándolas a partir del acto originario de la fe. La Iglesia se pone sólo y siempre al servicio de la conciencia, ayudándola a no ser zarandeada aquí y allá por cualquier viento de doctrina según el engaño de los hombres (cf Ef 4,14), a no desviarse de la verdad sobre el bien del hombre, sino a alcanzar con seguridad, especialmente en las cuestiones más difíciles, la verdad y a mantenerse en ella.
38.6 Conciencia y prudencia
Para entender mejor la relación existente entre la conciencia y la prudencia, haremos referencia también a las relaciones que se dan entre conciencia, sindéresis y ciencia moral.
La sindéresis designa tradicionalmente el hábito de los principios morales, o primeras y más ricas verdades acerca del hombre y su obrar moral, captados intuitivamente -al menos por connaturalidad, en quien busca obrar rectamente- y que le dan la sagacidad para descubrir todas las facetas del bien en su atractivo propio, inclinándole así a amarlo.
La luz de la sindéresis se explicita y complementa por los hábitos de la ciencia moral y la prudencia: basados en la experiencia, el ejemplo de los demás, la lectura y el estudio, las enseñanzas de padres y maestros, etc., adquirimos el hábito de la ciencia moral o conocimiento de las principales verdades sobre el bien del hombre y su conducta (la formulación explícita y fundación de los primeros principios ...,); este conocimiento que da la ciencia es sobre todo especulativo, en el sentido de que, aún haciéndonos saber qué es el bien y qué es el mal, no incluye de suyo -aunque favorezca el adquirirla- la energía necesaria para aplicar ese conocimiento a la propia vida, fruto más bien de las disposiciones morales; la virtud de la prudencia es, en cambio, un hábito a la vez especulativo y práctico, precisamente en cuanto implica y contiene esa connaturalidad con el bien propio de la entera rectitud personal ( por eso, no hay prudencia sin la posesión de las virtudes morales): mueve a emitir juicios exactos y precisos sobre el bien y el mal -sostenida por las restantes virtudes morales-, mediante el discernimiento de la verdad universal en nuestros actos singulares y concretos, lo que aquí y ahora debo hacer o evitar.
La conciencia moral es el juicio concreto que la persona emite a la luz de la sindéresis, sobre el acto singular, juicio que es facilitado por los hábitos de ciencia y prudencia. La prudencia, inclinando a juzgar rectamente la moralidad de las propias acciones, hace habitualmente certero el juicio de conciencia.