LOS SACRAMENTOS
27.1) La sacramentalidad en la economía de la
salvación.
27.2) Concepto y número de los sacramentos.
27.3) Elementos que integran el signo sacramental.
27.4) Cristo, autor de los sacramentos.
27.5) La potestad e intención del ministro.
27.6) La capacidad e intención del sujeto.
27.7) Efectos de los sacramentos.
27.1 La sacramentalidad en la economía de la salvación.
La economía de la salvación es sacramental. La
revelación que empieza con la creación ya es sacramental- por signos - porque
la creación nos lleva a conocer la sabiduría, providencia divina, etc.
Pero Dios no se conforma y se manifiesta al hombre a
través de hechos y palabras.
En Cristo, la sacramentalidad llega a su culmen.
Cristo sacramento primordial, sacramento del Padre, ‘quien me ve...’, Cristo
no sólo da a conocer al Padre sino que nos pone en contacto con El.
‘La Iglesia es en Cristo como un sacramento, o sea
signo y instrumento de la unión íntima con Dios’ LG 1. La Iglesia hace
presente a Cristo comunicando la vida divina por medio de los sacramentos, los
sacramentos son actos de Cristo, no mero símbolo, algo vital a través de lo
que Dios actúa. Son huellas de la Encarnación del Verbo.
27.2 Concepto y número de los sacramentos.
‘ El sacramento de la Nueva Ley es una cosa
sensible que por institución divina, tiene la virtud de significar y obrar la
santidad y la justicia’ (Cat. Rom., II,1,II).
S. Pío X lo define en el Catecismo Mayor como ‘un
signo sensible y eficaz de la gracia, instituido por Jesucristo para santificar
nuestras almas’ (n. 519).
‘ Los sacramentos son signos eficaces de la
gracia, instituidos por Cristo y confiados a la Iglesia por los cuales nos es
dispensada la vida divina. Los ritos visibles bajo los cuales los sacramentos
son celebrados significan y realizan las gracias propias de cada sacramento. Dan
fruto en quienes los reciben con las disposiciones requeridas’ Cat. 1131.
En definitiva, son medios por lo que Dios nos
concede la gracia. No porque en sí mismas esas cosas sensibles tengan una
cualidad especial, sino que la poseen en virtud de una voluntad expresa de Dios.
Hay en la Iglesia siete sacramentos:
1.- Bautismo.
2.- Confirmación o Crismación.
3.- Eucaristía.
4.- Penitencia.
5.- Unción de los enfermos.
6.- Orden sacerdotal.
7.- Matrimonio. Cat. 1113.
27.3 Elementos que integran el signo sacramental.
Signo compuesto de dos elementos:
- res = materia.
- verbum= forma.
Res, es la parte del signo sacramental más
indeterminada en cuanto al simbolismo.
Verbum, es la parte del signo más determinada, que
concreta el sentido de la res.
La materia puede ser: remota: La cosa
sensible con la que se realiza el sacramento. Próxima: La acción que
resulta de aplicar la cosa sensible. ej, ablución, unción, imposición de
manos, etc.
Esta composición tiene inspiración bíblica, Ef 5,
26 ‘para santificarla, purificándola mediante el baño del agua, en virtud
de la palabra". Cristo toma pan y vino y a continuación dice unas
palabras.
Tradición: S. Cirilo ( Cateq. Mistag. 3) " El
pan después de la invocación no es pan común".
Magisterio: Con. Florencia y Trento, res y verbum
son esenciales del sacramento.
Hay una unión estrecha entre los dos elementos. Por
tanto el signo sacramental es inmutable. Quien realiza un cambio sustancial de
la materia o de la forma, hace inválido el sacramento; y si lo realiza
conscientemente, peca gravemente. Quien realiza un cambio accidental, no hace
inválido el sacramento; pero pecará grave o levemente, si lo realiza
conscientemente y sin causa suficiente.
27.4 Cristo, autor de los sacramentos.
Dios es el autor principal de los sacramentos, los
sacramentos confieren la gracia por ser participación de la naturaleza divina.
La Iglesia ha considerado siempre que ha recibido los sacramentos de Cristo. El
concilio de Trento (Dz 844) definió como de fe divina y católica la institución
de todos los sacramentos por Cristo.
Al estudiar cada uno en particular, se verán los
textos en que se apoya esta afirmación. Jesucristo no sólo instituyó todos
los sacramentos de la Nueva Ley de manera inmediata, sino que también determinó
su materia y su forma, aunque de distinto modo: unos sacramentos los instituyó
con su uso (Bautismo, Eucaristía), otros, prometiendo sus efectos (Confirmación),
otros, confiriendo una potestad (Orden, Penitencia).
La Iglesia no tiene ninguna potestad sobre lo que
pertenece a la sustancia del sacramento, que es -en cada caso- lo que Cristo
mismo ha fijado.
27.5 Potestad e intención del minstro.
Con. Florencia: para que exista un sacramento debe
haber: res, verbum, ministrum.
Cristo ha querido servirse de ministros secundarios,
siendo Él el ministro principal , para realizar la santificación de las almas.
El ministro puede ser consagrado o no consagrado,
según el sacramento de que se trate. Ordinario o extraordinario, según le
corresponda por oficio o por necesidad y especial delegación respectivamente.
Para la válida administración del
sacramento, se requiere en el ministro: Potestad debida: no todos pueden
administrar todos los sacramentos. Debida intención: de hacer lo que
hace la Iglesia ( al menos virtual ). Recta aplicación: de la forma a la
materia.
Para la lícita administración del
sacramento se requiere en el ministro: fe, estado de gracia, debida jurisdicción
o licencia oportuna, inmunidad de censuras y de irregularidad.
Para la válida realización del sacramento, se
requiere en el ministro tenga intención al menos, de hacer lo que quiere la
Iglesia. Esto se recoge en Trento (Dz 854). Esa intención debe ser al menos
virtual; debe recaer sobre una materia y sujetos determinados y no basta con que
sea externa, debe ser también interna.
27.6 Capacidad e intención del sujeto.
Para la recepción válida de los sacramentos, se
requiere la capacidad del sujeto, esto es, solus homo viator, es sujeto capaz de
los sacramentos.
Pero no todo hombre vivo puede recibir todos los
sacramentos. Se requiere el Bautismo para recibir los demás sacramentos; cada
sacramento tiene sus particularidades para recibirlo válidamente; para la
recepción válida de los sacramentos no se requieren, en general, ni la fe
-excepto en la penitencia- ni la probidad del sujeto (estado de gracia).
En los adultos que tienen uso de razón, para la
validez de todos los sacramentos (exceptuada la Eucaristía), se requieren la
intención, que es diversa para los diversos sacramentos: habitual (tenida
alguna vez y no retractada), salvo en el matrimonio, orden y penitencia , que
requieren una intención al menos virtual.
Para la lícita recepción de los sacramentos, se
requiere, aunque ya se verá en cada uno en particular: el adulto con uso de razón,
al recibir un sacramento de muertos: la intención requerida y la atrición
sobrenatural de los pecados cometidos. el adulto con uso de razón, al recibir
un sacramento de vivos: estar en gracia. El adulto con uso de razón debe
recibir cualquier sacramento con reverencia y devoción actual.
27.7 Efectos de los sacramentos.
Los sacramentos producen, la gracia (todos ellos) y
el carácter sacramental ( el bautismo, la confirmación y el orden).
Los sacramentos confieren la gracia "ex opere
operato", es decir, por la virtud del mismo sacramento recibida de Dios
(Trento, Dz 851).
Como no producen la gracia por propia virtud, sino
en virtud de la voluntad de Dios, se dice que los sacramentos son causa
instrumentales de la gracia que confieren, siendo Dios la causa eficiente
principal. Esa virtud instrumental proviene de la Pasión del Señor. La virtud
instrumental de la Pasión del Señor alcanza a cada uno de los hombres, de
todos los lugares y tiempos, mediante los sacramentos.
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