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jueves, 7 de agosto de 2014

ESENCIA Y CONSECUENCIAS DEL PECADO


 
40.1) Noción teológica del pecado
40.2) Pecado mortal y pecado venial
40.3) Pecado y opción fundamental
40.4) Efectos del pecado
40.5) Pecado social y estructuras de pecado
 
40.1 Noción Teológica del Pecado
El pecado es la violación de la ley moral divina, claramente conocida y libremente querida. El término pecado, para designar el mal moral, es de origen bíblico, y la escritura lo usa frecuentemente ( Cfr. Gn 18,20; Mt 12,31; 1Cor 6,18).
Algunas definiciones de Pecado:
"Peccatum est factum vel dictum vel concupitum aliquid contra legem aeternam". (San Agustín Contra Faustum , XXII, 27: PL 42, 418). Son dos los elementos que destacan: Acto humano. Sólo puede haber pecado si hay acto libre, es decir, si media conocimiento de lo que se hace y de su maldad (Advertencia), y la voluntad que quiere hacerlo (consentimiento). Todo lo que disminuya la libertad (ignorancia, miedo, etc) disminuye la razón de pecado. El acto puede ser interno (pensamiento) o externo (palabra y obra), consistir incluso en una omisión. Contraria a la Ley de Dios: El acto humano es malo cuando no se ordena a la ley de Dios como último fin.
"Aversio a Deo" y "Conversio ad creaturas". En todo pecado el hombre se aparta de Dios para convertirse a un bien creado, que ama desordenadamente. De ordinario, nadie peca por afán de transgredir la Ley de Dios, sino por amor a un bien fuera del orden de esa ley. La desordenada conversión al bien temporal (Conversio ad creaturas) es el objeto directo de la voluntad del pecado, mientras que el apartarse de la voluntad de Dios al quererlo (Aversio a Deo) es su malicia.
 40.2 Pecado mortal y pecado venial
La Sagrada Escritura habla de 2 tipos de pecados. Unos que producen la muerte (Iac. 1,15) y excluyen del Reino de los Cielos (1 Cor 6,4-10), separan de Cristo, rompen la unión con Dios. Otros , en cambio, en los que el justo mismo cae varias veces al día, pero no excluyen de la amistad con Dios. La Iglesia ha llamado respectivamente a éstos pecados mortales (priva de la vida de la gracia, por apartar de Dios como último fin) y Veniales ( no priva de la vida de la gracia ni aparta de Dios como último fin). 
PECADO MORTAL:
Consiste en la aversión a Dios, por una conversión gravemente desordenada a las criaturas. La esencia del pecado grave o mortal radica en la aversión a Dios o desorden respecto al último fin; es siempre un acto gravemente desordenado por su objeto que es libremente querido. El desorden de la voluntad impide recibir, o hace perder, al alma la vida de la gracia.
No todos los pecados mortales tienen igual gravedad aunque cualquier pecado grave prive de la gracia y desordene al hombre respecto a su último fin, no siempre su voluntad queda comprometida igualmente con el mal. Cuanto mayor sea el desorden, más grave es la culpa.
Condiciones requeridas para el pecado mortal:
A) Materia grave : que el objeto del acto supone un desorden grave contra la ley de Dios
En atención a la gravedad de la materia se suele distinguir: 1) Pecados mortales ex toto genere suo: Los actos que, por su materia, comportan un grave desorden contra la ley divina; no admiten parvedad de materia. 2) Pecados mortales ex genere suo: Los actos que, por su objeto, implican un grave desorden contra la ley divina, pero admiten parvedad de materia. 3) Pecados veniales ex genere suo: Comportamientos desordenados que de suyo, por su objeto, no comportan la ruptura de la voluntad con el amor al último fin.
La tradición moral cristiana ha afirmado siempre la existencia de actos intrínsecamente morales o absolutos morales, que en sí mismos y por sí mismos constituyen siempre un desorden moral grave. Se trata de actos delimitados por el objeto del acto externo, cualesquiera que sean las circunstancias personales, sociales, las intenciones y motivaciones subjetivas, contradicen gravemente la dignidad personal del ser humano y la ley de Dios.
B) Plena advertencia: El sujeto, en el perfecto uso de su razón, conoce que está obrando el mal en materia grave. Si faltara tal conocimiento, no podría haber pecado mortal. Se puede distinguir 2 aspectos: Uso perfecto de la razón: no hay advertencia plena si el individuo carece del completo dominio de sus facultades mentales. Conocimiento de la gravedad de la materia: no habría tampoco plena advertencia si se ignora la maldad del acto que se realiza. Es suficiente que la luz de su conciencia le indique que actúa mal en materia grave.
C) Pleno consentimiento: La voluntad se adhiere al objeto malo, con su fuerza sustancial más integra, sea por propia elección o consintiendo a un movimiento pasional desordenado. Basta que el quiera un acto que es grave objetivamente. 
PECADO VENIAL:
El pecado venial consiste en una conversión desordenada a las criaturas, que no comporta la pérdida del orden habitual de la voluntad a Dios como último fin . Se trata de pecados que no impiden la vida de la gracia, ni hacen que se pierda.
Entre el pecado mortal y venial media una diferencia esencial y no sólo de grado: a)- La razón de pecado está plenamente sólo en el mortal, y de modo imperfecto en el venial: en el primer caso la voluntad se aparta de Dios; en el segundo caso permanece unida a él, si bien imperfectamente. b)- el pecado mortal priva de la misma vida del alma en cuanto hace perder la gracia; el venial ni siquiera la disminuye, si bien dificulta el ejercicio de las virtudes.
Clases de pecados veniales: El desorden propio del pecado venial puede darse de dos maneras:
A- Por imperfección del acto: falta plena advertencia o perfecto consentimiento, en una materia grave.
B-Por levedad de la materia: sea porque el género mismo del acto malo es leve, o porque hay parvedad de materia en un género de actos de suyo graves.
¿Puede cometerse pecado mortal en materia que de suyo son leves?
La tradición moral cristiana enseña que si en los siguientes casos: 1- Por conciencia errónea: si se estima erróneamente que una determinada conducta es falta grave, y a pesar de todo se realiza.
2- Si se realiza el acto con desprecio formal (por ej., quien omitiera hacer una reverencia al santísimo con objeto de despreciar la fe).
3- Por la acumulación de actos entre los que media una unión moral.
40.3 Pecado y opción fundamental
En el Juicio moral de las conductas han de tenerse en cuenta los elementos objetivos (moralidad objetiva) y los condicionamientos psicológicos, subjetivos, etc. (moralidad subjetiva). En otro caso no se considerarían conductas humanas. Pero la necesidad de valorar adecuadamente esos factores subjetivos e intencionales no puede conducir al extremo de despreciar los actos singulares y los elementos objetivos, como si las intenciones de fondo cohonestaran cualquier actividad.
El Magisterio señala expresamente: "Algunos llegan a afirmar que el pecado mortal que separa de Dios sólo se verifica en el rechazo de directo y formal de la llamada de Dios, o el egoísmo que se cierra al amor del prójimo completa y deliberadamente, Sólo entonces tendría lugar una opción fundamental, es decir, una de aquellas decisiones que comprometen totalmente a una persona, y que serían necesarias para constituir un pecado mortal. Por ella tomaría o ratificaría el hombre, desde el centro de la personalidad, una actitud radical en relación con Dios o con los hombres. Por el contrario, las acciones que llaman periféricas (en las que niegan que se dé por lo regular una elección decisiva) no llegarían a cambiar una opción fundamental. Y tanto menos, cuanto que, según se observa, con frecuencia proceden de los hábitos contraídos. De esta suerte, esas acciones pueden facilitar las opciones fundamentales, pero no hasta el punto de poderlas cambiar por completo" (Persona Humana n. 3).
Lo que hay de verdad en la teoría de O. F. es que la rectitud habitual de la voluntad u orden al último fin, no suele cambiar con facilidad; y, en principio, no cambia mientras haya rectitud habitual o decisión fundamental de vivir según el primer precepto o mandato del amor, no significa el haber superado ya todo egoísmo, sino el empeño en luchar constante y seriamente por amor a Dios y al prójimo y evitar toda trasgresión consciente, sea en materia grave o leve, del orden moral.
40.4 Efectos del pecado
Efectos del pecado mortal: los principales efectos que causa en el alma un solo pecado mortal voluntario son: Pérdida de la Gracia santificante, de las virtudes infusas y de los dones del Espíritu Santo; Pérdida de la presencia amorosa de la Santísima Trinidad en el alma, que es incompatible con la aversión a Dios propia del pecado mortal; Pérdida de todos los méritos adquiridos en toda su vida pasada; mancha en el alma (Macula animae); esclavitud de Satanás, aumento de las malas inclinaciones, remordimiento e inquietud de conciencia; Reato de pena eterna.
Efectos del pecado venial: Los efectos son la dificultad para la vida de la gracia, la disposición al pecado grave y el reato de pena temporal. El pecado venial no priva de la vida de la gracia, aunque enfría el fervor de la caridad manchando parcialmente el alma, dispone al pecado grave. Al pecado venial corresponde penas temporales, en esta vida o en el purgatorio.
40.5 Pecado social y estructuras de pecado
La doctrina clásica sobre los efectos sociales del pecado lleva a concluir que se puede atribuir indiscutiblemente a cada pecado el carácter social. La solidaridad es una dimensión inherente a toda actividad del hombre por la sola condición de ser humana y personal (G S,n.23-32). El carácter de pecado social no es propio tan sólo de aquellas acciones que se oponen directa y abiertamente al hombre y a la sociedad o que son participación -por omisión o comisión- en los pecados de otros, sino que alcanza a todo pecado. Todo pecado daña e infecciona de mal al cosmos, la Iglesia y la entera familia humana :"en virtud de una solidaridad tan misteriosa e imperceptible como real y concreta, el pecado de cada uno repercute en cierta manera en los demás (...), de suerte que se puede hablar de una comunión de pecado , por el que un alma que se abaja por el pecado abaja consigo a la Iglesia y, en cierto modo, al mundo entero (...). Todo pecado repercute, con mayor o menor intensidad, con mayor o menor daño en todo el conjunto eclesial y en toda la familia humana" (R P, n.16).
El pecado social posee una existencia real y externa. Porque, aunque el pecado siempre primero está en el interior del hombre, desde allí pasa luego a su actividad y también a las instituciones y estructuras creadas por él la experiencia se encarga de mostrar, además, que ejerce un influjo y poder de seducción capaz de condicionar a las mismas personas. Por eso, el pecado social es una expresión que sirve para describir las situaciones de injusticia, falta de libertad y paz entre los individuos, los grupos y los pueblos, calificadas por el Magisterio de la Iglesia como verdaderas situaciones de pecado, dada su condición de males en sí, material y objetivamente pecaminosas.

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